Ayudas para financiar la adquisicion de libros de texto para el alumnado que curse Educacion Primaria y Educacion Secundaria Obligatoria en Centros Docentes de la Comunidad de Castilla y Leon.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S34573/12

Norma:

ORDEN EDU/759/2012, de 12 de septiembre. ORDEN EDU/764/2012, de 17 de septiembre. ORDEN EDU/44/2013, de 30 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2012/2013.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Una vez determinada la renta per cápita de la unidad familiar (r.p.c.), de acuerdo con las reglas descritas en el anterior apartado, se establecerán tres intervalos de renta, a cada uno de los cuales corresponderá la siguiente cuantía de la ayuda para la adquisición de libros de texto:

• 105 euros, para magnitudes inferiores a los 2.500 € de r.p.c.

• 75 euros, para magnitudes entre 2.500 € y 3.500 € de r.p.c., ambos inclusive.

• 50 euros, para magnitudes superiores a 3.500 € de r.p.c.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El padre, madre o tutor legal de los alumnos que cursen o vayan a cursar educación primaria o educación secundaria obligatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de libros de texto para el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

Requisitos:

a) Que las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar no superen con carácter general la cantidad de TREINTA MIL EUROS (30.000 €).

b) Que ostenten la condición legal de familia numerosa, en cuyo caso el límite de renta de la unidad familiar se obtendrá sumando al límite general de la letra anterior 7.500 euros más por cada hijo a partir del que determine esta condición, este último incluido.

c) Que alguno de los miembros de la unidad familiar presente una discapacidad
reconocida igual o superior al 33 por ciento o bien que hayan sido reconocidos como víctimas violencia de género o como víctimas de actos de terrorismo.

d) Que se encuentren en situación económica sobrevenida manifiestamente desfavorable, reconocida mediante el correspondiente informe de acción social.

Documentos asociados

Boletín: 17/09/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 179
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/09/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 183
Documento: Convocatoria 2012/2013. Descargar Documento
Boletín: 08/02/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 27
Documento: Modificación Descargar Documento