Ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León 2020-2021.

Código de ayuda:

S56219/18

Norma:

ORDEN EDU/1773/2009, de 28 de agosto. Orden de 29 de octubre de 2018. Orden de 24 de octubre de 2019. Orden de 20 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19/11/2020. Excepcionalmente Hasta el 30/4/2021 debido a escolarización tardía o cambio de domicilio.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto convocar ayudas en régimen de concesión directa, al amparo del artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León durante el curso 2020-2021 y del alumnado que haya
participado en programas de refuerzo educativo promovidos por la citada consejería durante el mes de julio de 2020.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Minusválidos / Discapacitados

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía global máxima del crédito para estas ayudas será de doscientos noventa y ocho mil euros (298.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Alumnos que tengan la residencia familiar en la Comunidad de Castilla y León, y que cursen segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por decisión de la comisión de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León, y que sea imposible para el alumno hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, así como alumnos que haya participado en programas de refuerzo educativo promovidos por la citada consejería durante el mes de julio de 2019.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Modalidad de transporte diario.

b) Modalidad de transporte de fin de semana.

Requisitos:

a) Tener la residencia familiar y domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León.

b) Encontrarse el alumno cursando segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por decisión de la comisión de escolarización en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León.

c) Ser imposible para el alumno hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, en los términos que se establecen para cada modalidad.

Además de lo anterior, los alumnos deberán reunir los siguientes requisitos específicos en función de la modalidad:

a) Modalidad de transporte diario:

1.º No tener, en su localidad de residencia, un centro de su nivel o etapa de escolarización y estar, por tanto, escolarizado en el centro educativo más cercano a su domicilio dentro de la zona que le corresponda o bien en el centro educativo de más fácil acceso siempre que se considere conveniente por parte de la dirección provincial de educación correspondiente.

No obstante, los alumnos de educación especial podrán ser beneficiarios de la ayuda, aún cuando el centro esté ubicado en la misma localidad de residencia, siempre que las necesidades derivadas de la discapacidad del alumno dificulten su desplazamiento al mismo.

2.º Encontrarse el domicilio familiar a más de 2 Km. de los núcleos de población donde esté ubicado el centro de escolarización que les corresponda, y se considere conveniente, por parte de la dirección provincial de educación, la necesidad de un transporte hasta el centro educativo o bien a la parada más próxima de la ruta escolar organizada por la Consejería de Educación.

3.º No contar, en su localidad de residencia, con servicio de transporte escolar contratado por la Consejería de Educación. No obstante, podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos que si bien cuentan en su localidad de residencia con servicio de transporte escolar, concurre alguna de las siguientes circunstancias:

• No poder hacer uso del transporte escolar como consecuencia de seriasdificultades físicas o psíquicas.

• Tener otras dificultades en el accesoal centro educativo según consideración de la dirección provincial de educación.

b) Modalidad de transporte de fin de semana:

1.º Cumplir los requisitos establecidos anteriormente en la modalidad de transporte diario.

2.º Encontrarse escolarizado en régimen de internado en escuelas hogar u otros centros con residencia de la Consejería de Educación.

Documentos asociados

Boletín: 03/09/2009
- Nº 169
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/11/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 214
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 06/11/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 214
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 05/11/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 213
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 05/11/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 213
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/10/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 225
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 28/10/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 225
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento