Ayudas para financiar actividades de las confederaciones y federaciones de asociaciones de padres de alumnos.
Código de ayuda:
S05691/04Norma:
Orden 430/2004, de 11 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/04/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar las actividades de confederaciones y federaciones de asociaciones de padres de alumnos de ámbito regional que desarrollen su actividad dentro del territorio gestionado por la Comunidad de Madrid, así como a sufragar los gastos de funcionamiento de dichas entidades.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las confederaciones y federaciones de asociaciones de padres de alumnos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos con las siguientes actividades:— Actividades que contengan programas de formación a los padres con la finalidad de propiciar su implicación en el seguimiento de su escolarización y en el proceso de enseñanza-aprendizaje de sus hijos.
— Actividades que fomenten la participación de los padres en los consejos escolares y en las asociaciones de padres.
— Actividades que contengan programas de formación a padres con la finalidad de mejorar la colaboración y coordinación entre el centro docente y las familias, en beneficio del alumno.
— Actividades que fomenten la tolerancia e integración social como principios de convivencia ante problemas como la inmigración, intolerancia, racismo y xenofobia.
— Actividades que contemplen campañas de difusión de las asociaciones de padres en los centros docentes.
— Cualquier otra actividad relacionada con los fines a los que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio.
Los siguientes gastos:
— Gastos de personal: referido a cada actividad.
— Gastos de asistencias técnicas o colaboraciones de profesionales.
— Arrendamiento de locales y equipos.
— Gastos de difusión.
— Gastos de material fungible.
— Gastos de viajes: Desplazamiento, alojamiento y manutención.
— Trabajos por servicios prestados por empresas.
— Otros gastos.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
03/03/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 53
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 53
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