Ayudas para favorecer el empleo, el autoempleo y la consolidacion de actividades economicas en Cascante.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S34964/13

Norma:

Cascante, 9 de agosto de 2013.

Plazo de Solicitud:

Desde el siguiente día hábil al de la publicación de las bases de la convocatoria y durante el periodo de vigencia de la misma.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar la creación y consolidación del empleo autónomo en la localidad de Cascante (Navarra).

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Cascante (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima total a conceder por beneficiario y por todos los conceptos no podrá superar los 2.250 euros (dos mil doscientos cincuenta euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas y entidades que puedan tener la condición de beneficiarias conforme a lo dispuesto en el articulo 2 de las presentes bases:

a) Se establezcan como autónomos en el municipio de Cascante. A estos efectos, la fecha de alta en el IAE se considerará como fecha de inicio de actividad.

b) Siendo ya autónomos y/o perteneciendo a Comunidades de Bienes o Sociedades civiles, acometan inversiones que contribuyan a la mejora de la actividad.

c) Pequeñas sociedades mercantiles (S.L, S.L.L., etc), con menos de 5 trabajadores y con facturación inferior a 1.000.000 euros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La elaboración de páginas Web. Se subvencionará el 50%, con un tope de 300 euros (trescientos euros).

b) La asistencia, tanto del emprendedor/es como de los trabajadores/as, a cursos, seminarios y jornadas relacionados con la actividad empresarial. No se subvencionarán masters. Se subvencionará el 50%, con un tope de 150 euros (ciento cincuenta euros) por un asistente y en una única ocasión.

c) Las pequeñas inversiones encaminadas a la mejora de sus infraestructuras así como la imagen del establecimiento. A modo de ejemplo: pintura, renovación de mobiliario, pequeñas obras rehabilitación, rotulaciones tanto internas como externas y reforma de escaparates. Se subvencionará el 50%, con un tope de 1.000 euros (mil euros).

d) Las inversiones encaminadas a la reducción de consumos (luz, agua y gas) del establecimiento. A modo de ejemplo: sustitución de luminarias por otras de bajo consumo, instalación de temporizadores y termostatos, instalación de cisternas con sistemas de descarga duales sistemas de grifos ahorradores de agua, instalación de cubos separadores de residuos, instalación de odonizadores, obras encaminadas a reducción de consumos. Se subvencionará el 50%, con un tope de 400 euros (cuatrocientos euros).

e) La creación de puestos de trabajo. Por cada puesto de trabajo indefinido creado a jornada completa, diferente al del emprendedor, se subvencionará 750 euros (setecientos cincuenta euros). En el caso de contratación de trabajadores/as mayores de 45 años ó con grado de discapacidad reconocida legalmente con un grado igual ó superior al 35% ó personas que en el momento de la contratación estén inscritas cómo demandante de empleo en el SNE y tengan una antigüedad cómo parado/a igual ó superior a un año, la subvención se incrementará a 1.000 euros (mil euros). En el caso de contratos que no sean a jornada completa, se subvencionará la parte proporcional.

f) Las inversiones en sistemas de etiquetaje, lectores de códigos, balanzas electrónicas y terminales punto de venta. Se subvencionará el 50% con un limite de 250,00 euros.

De todos estos conceptos queda excluido el IVA.

Requisitos:

a) Que estén empadronados y/o con domicilio de negocio en la localidad.

b) Que sitúen el domicilio fiscal y negocio en la localidad, para lo que estarán dados de alta en el IAE del Ayuntamiento de Cascante.

c) Que estén al corriente de sus obligaciones con hacienda, seguridad social y el Ayuntamiento de Cascante.

d) Que hayan solicitado y abonado las correspondientes licencias de obras, licencia de actividades clasificadas, etc.

e) Que cuenten con un informe de viabilidad del proyecto, tanto técnico como económico‑financiero.

Documentos asociados

Boletín: 13/09/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 177
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento