Ayudas para estudios universitarios en el curso academico 2014/15 de segundo y posteriores cursos en las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Código de ayuda:

S01055/15

Norma:

ORDEN de 10 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar los gastos derivados de la matrícula en el curso académico 2014/15 de los alumnos y alumnas de segundo y posteriores cursos matriculados en estudios universitarios oficiales conducentes a una titulación de grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería, arquitectura, ingeniería técnica o arquitectura técnica en una universidad del Sistema universitario de Galicia.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación asignada a cada beneficiario/a será la del importe total de la matrícula, incluidas las tasas, siendo de un máximo de 862,9 euros para las titulaciones encuadradas dentro de la rama de Ingeniería y Arquitectura y de un máximo de 618,1 euros para las titulaciones encuadradas dentro de la rama de Artes y Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los alumnos y alumnas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Financiar los gastos derivados de la matrícula en el curso académico 2014/15 de los alumnos y alumnas de segundo y posteriores cursos matriculados en estudios universitarios oficiales conducentes a una titulación de grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería, arquitectura, ingeniería técnica o arquitectura técnica en una universidad del Sistema universitario de Galicia.

Requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, o de otro país de la Unión Europea o de terceros países, cuando se acredite la condición de residente en España, quedando excluidos los que se encuentren en situación de estancia.

b) No estar en posesión de una titulación universitaria del mismo nivel o superior al correspondiente a los estudios para los que solicita la ayuda.

c) Estar matriculado en segundo y posteriores cursos en una universidad del Sistema universitario de Galicia en el curso académico 2014/15 de un mínimo de 60 créditos en enseñanzas conducentes a una titulación de grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería,
arquitectura, ingeniería técnica o arquitectura técnica en una universidad del Sistema universitario de Galicia, excepto el alumnado al que le reste un número inferior de créditos
para finalizar sus estudios, que deberá de estar matriculado de 45 créditos como mínimo.

d) Haber sido beneficiario/la de la beca de carácter general del Ministerio de Educación,
Cultura e Deporte en el curso 2013/14 y no haber obtenido la misma en el curso 2014/15.

e) Haber superado en el curso 2013/14 el siguiente porcentaje de los créditos matriculados,
excluyendo los convalidados, reconocidos o adaptados:

• En estudios pertenecientes a la rama de conocimiento de Enseñanzas Técnicas (ingeniería o arquitectura), igual o superior al 60 % y menos del 65 %.

• En estudios pertenecientes a las ramas de Artes y Humanidades o de Ciencias Sociales y Jurídicas, igual o superior al 80 % y menos del 90 %.

f) No estar incluidos en los casos de exención total de matrícula previstos en el artículo 11 del Decreto 77/2014, de 20 de junio (DOG núm. 123, de 1 de julio de 2014), por el que se fijan los precios correspondientes a los estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en la enseñanza
universitaria para el curso 2014/15.

g) Que la renta de la unidad familiar no supere los siguientes umbrales:

– Familias de 1 miembro: 14.112,00 euros.

– Familias de 2 miembros: 24.089,00 euros.

– Familias de 3 miembros: 32.697,00 euros.

– Familias de 4 miembros: 38.831,00 euros.

– Familias de 5 miembros: 43.402,00 euros.

– Familias de 6 miembros:46.853,00 euros.

– Familias de 7 miembros: 50.267,00 euros.

– Familias de 8 miembros: 53.665,00 euros.

A partir del octavo miembro se añadirán 3.391,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

Documentos asociados

Boletín: 09/01/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 5
Documento: Bases, Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento