Ayudas para estudios de hijos e hijas del personal al servicio del Ente Publico de Comunicacion del Principado de Asturias para el curso 2007/2008. Expte. RI/C/01-08.

Código de ayuda:

S59319/08

Norma:

Resolucion de 1 de agosto de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases que han de regir la convocatoria para la concesión de ayudas para estudios de hijos e hijas del personal al servicio del Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias para el curso 2007/2008.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.—El 100% del importe satisfecho en concepto de gastos de matrícula, con un límite máximo de 600 euros por estudios de:

• Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
• Diplomaturas universitarias.
• Licenciaturas.
• Doctorados.
• Estudios oficiales de Postgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
• Idiomas en Escuelas Oficiales.
• Idiomas a través del programas “That’s English”.
• Música (Grado Superior).

2.—Para estudios de Diplomaturas Universitarias, Licenciaturas, Doctorados o Estudios Oficiales de Postgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005, que han sido realizados en Universidades ubicadas fuera del Principado de Asturias por no existir dichos estudios en la Universidad de Oviedo o por no haber obtenido plaza en la misma; así como los estudios realizados en el extranjero por haber obtenido
una beca Erasmus, 100 euros

3.—Se establecen cantidades fijas para cada nivel de estudios en las siguientes cuantías:
• 150 euros para Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, Graduado en Educación Secundaria, Garantía Social y Música (Grado Medio).
• 120 euros para Educación Primaria Obligatoria y Música (Grado Elemental).
• 80 euros para Educación Infantil.

4.—Gastos de Guardería y Escuela Infantil o por hijos e hijas de 0 a 3 años de edad.
a) El 50% del total de gastos justificados por este concepto, con un máximo de 580 euros anuales, para quienes tengan hijos que hayan asistido a Guardería o Escuela Infantil.
b) 200 euros para quienes tengan hijos e hijas de 0 a 3 años y no soliciten la ayuda de Guardería o Escuela Infantil, siempre que la fecha de nacimiento del hijo o hija para quien se solicita la ayuda sea anterior al 1 de septiembre de 2007. Si la fecha de nacimiento del hijo o hija para quien se solicita la ayuda es posterior al 1 de septiembre de 2007, la cuantía de la ayuda será proporcional al tiempo transcurrido entre la fecha de nacimiento y el 31 de agosto de 2008, tomando como base del cálculo el importe de 200 euros que le correspondería si su fecha de nacimiento fuese anterior al 1 de septiembre de 2007.

5.—Gastos de comedor.
El 25% de la cantidad total abonada por este concepto en el curso 2007/2008, con un máximo de 100 euros anuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar dichas ayudas quienes tengan hijos e hijas que hayan realizado estudios durante el curso académico 2007/2008, siempre que los hijos o hijas para quienes se solicita la ayuda no perciban ingresos derivados de trabajo personal y dependan económicamente de quien realiza la solicitud.

Se entenderá que existe dependencia económica cuando los ingresos del beneficiario o beneficiaria no superen el salario mínimo interprofesional en el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y la fecha de publicación de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán como finalidad la atención de los siguientes gastos:

a) Por estudios de:
• Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
• Diplomaturas Universitarias.
• Licenciaturas.
• Doctorados.
• Estudios oficiales de Postgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
• Idiomas en Escuelas Oficiales.
• Idiomas a través del programa “That’s English”.
• Música.
• Educación Infantil.
• Educación Primaria.
• Garantía Social.
• Educación Secundaria y Bachillerato.
• Formación Profesional y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.

b) Por guardería y Escuela Infantil o por hijos e hijas de 0 a 3 años de edad.

c) Por comedor.

Quedan excluidos los estudios de especialización, estudios no oficiales de masters y de postgrado, títulos propios de las universidades y todos aquellos estudios que no sean oficiales.

Requisitos:

Consultar Bases Segunda y Tercera.

Documentos asociados

Boletín: 04/09/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 207
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento