Ayudas para estudios de hijos e hijas del personal al servicio de la Entidad Publica 112 Asturias para el curso 2008/2009.

Código de ayuda:

S61355/09

Norma:

Resolucion de 12 de agosto de 2009

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tendrán como finalidad la atención de los siguientes gastos:

a) Por estudios de:
— Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
— diplomaturas Universitarias.
— Licenciaturas.
— doctorados.
— Estudios oficiales de Postgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
— Idiomas en Escuelas Oficiales.
— Idiomas a través del programa “That’s english”.
— música.
— educación Infantil.
— educación Primaria.
— Garantía Social.
— educación Secundaria y Bachillerato.
— Formación Profesional y Ciclos Formativos de Grado medio y Superior.

b) Por Guardería y escuela Infantil o por hijos e hijas de 0 a 3 años de edad.

c) Por comedor.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Base Cuarta de la Resolución.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Quienes tengan hijos e hijas que hayan realizado estudios durante el curso académico 2008/2009, siempre que los hijos o hijas de quienes se solicita la ayuda no perciban ingresos derivados de trabajo personal y dependan económicamente de quien realiza la solicitud. Se entenderá que existe dependencia económica
cuando los ingresos del beneficiario o beneficiaria no superen el salario mínimo interprofesional en el período comprendido entre el 1 de enero de 2008 y la fecha de publicación de la convocatoria.

Requisitos:

a) el personal perteneciente o adscrito a 112 Asturias vinculado a la misma por una relación de empleo de carácter permanente, entendiéndose por tal la del personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento durante el plazo de presentación de las solicitudes, o que haya causado baja por jubilación durante el curso académico 2008/2009, así como quienes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijo/hija o familiar, o en situación de incapacidad temporal.

b) el personal jubilado parcialmente y que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento entre el 1 de septiembre de 2008 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o esté en situación de incapacidad temporal.

c) el personal interino o personal temporal de la entidad que acredite una prestación de servicios en la entidad de al menos, un año.

d) en el supuesto de que dentro del personal mencionado en los apartados anteriores, durante el curso 2008/2009 se hubiese producido algún fallecimiento, podrán solicitar la ayuda los descendientes en primer grado mayores de edad o, en su caso, sus representantes legales si estos o estas fuesen menores de edad.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 212
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexo Descargar Documento