Ayudas para estudios cientificos de tematica riojana del Instituto de Estudios Riojanos.

Código de ayuda:

S08455/11

Norma:

Orden 5/2011, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones a conceder para financiar los gastos corrientes derivados de la realización de estudios científicos de temática riojana.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Educación, Formación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La resolución de convocatoria anual fijará la cuantía máxima de las ayudas a otorgar, en función de las
disponibilidades presupuestarias. El Tribunal propondrá la cuantía concreta correspondiente a cada una de las ayudas a conceder, sin exceder de la asignación presupuestaria global determinada en la resolución de convocatoria con un límite de 3.000 euros por ayuda, debiendo la resolución que ponga fin al procedimiento fijar la cantidad concedida a cada solicitante o equipo de investigación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o los grupos de investigadores, cuyo fin primordial sea la investigación, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los estudios científicos de temática riojana: aquellos trabajos originales desarrollados por aplicación de la metodología pertinente y que estén relacionados con unos resultados originales fruto de la aplicación de las metodologías de investigación actuales en las áreas temáticas respectivas y siempre relacionadas con La Rioja.

Requisitos:

a) Ser español o extranjero residente en España. En este último caso, deberá aportarse certificación del
empadronamiento en algún municipio español.

b) Ser Doctor, Licenciado o Titulado en Grado, o Técnico Superior con anterioridad a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el Registro de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con anterioridad a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 13.2 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 24
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento