Ayudas para estudiantes universitarios de las comarcas de L'Alt Pirineu, La Vall d'Aran y El Solsonès (APA)

Código de ayuda:

S33119/20

Norma:

RESOLUCIÓN EMC/1554/2020, de 26 de junio. RESOLUCIÓN EMC/1745/2020, de 10 de julio. RESOLUCIÓN EMC/2053/2020, de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas para la movilidad comarcal a las familias residentes en las comarcas de L'Alt Pirineu, La Vall d'Aran y El Solsonès (APA), en las que alguno de los miembros esté matriculado en una universidad del sistema universitario de Cataluña en el curso académico para el que se solicita la ayuda. La movilidad se entiende como desplazamiento y alojamiento fuera de la comarca donde se tiene la residencia familiar. Las familias susceptibles de recibir las ayudas deben residir en una de las comarcas siguientes:

L'Alt Urgell

L'Alta Ribagorça

La Cerdanya

El Pallars Jussà

El Pallars Sobirà

El Solsonès

La Vall d'Aran.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda es de 2.000,00 (dos mil) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Puede beneficiarse de esta beca el alumnado que cumpla los requisitos.

Requisitos:

1. Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea. En el caso del alumnado no
comunitario, es de aplicación lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y, por tanto, se requiere que el alumnado mayor de 18 años esté en situación de residencia.

2. Residir en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1 en las fechas que prevea la convocatoria
correspondiente. Para acreditar esta circunstancia, debe presentar un certificado municipal de convivencia en el que conste la fecha de alta en el padrón de la persona solicitante en un municipio de las comarcas mencionadas. Excepcionalmente, en caso de haberse empadronado en una fecha posterior a la prevista en la convocatoria, la persona solicitante se puede beneficiar de estas ayudas siempre que acredite fehacientemente la residencia en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1 en el momento de presentar la solicitud.

Para demostrar este último hecho y aplicar la excepcionalidad, debe presentar, además del certificado
municipal de convivencia, la documentación acreditativa del centro docente de las comarcas del L'Alt Pirineu, La Vall d'Aran y El Solsonès donde la persona solicitante estudió el curso inmediatamente anterior al curso para el que se solicita la ayuda o cualquier otra documentación acreditativa de esta circunstancia.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8170
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 21/07/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8182
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 18/08/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8203
Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 01/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8330
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento