Ayudas para estudiantes, a disfrutar en Centros de Acogimiento Residencial dependientes del Instituto Madrileño del Menor y la Familia de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S62891/08

Norma:

ORDEN 1736/2008, de 2 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante las presentes bases se regulan las “Ayudas de residencia” que ofrece el Instituto Madrileño del Menor y la Familia dirigidas a estudiantes y jóvenes que han estado sujetos al Sistema de Protección
del Menor del IMMF, a disfrutar en centros de acogimiento residencial dependientes del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, a fin de que puedan colaborar en las actividades de la vida diaria de los menores que residen en dichos centros.

Categorías Subvención

  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas físicas.

Requisitos:

a) Ser mayor de edad, preferentemente mayor de veintiún años.

b) Iniciar o continuar estudios en centros de enseñanza superior, módulos de nivel 3, centros de formación específica legalmente reconocidos o estudiantes matriculados en cursos universitarios de postgrado.

c) Residir en una comunidad autónoma distinta a la Comunidad de Madrid o en un municipio de esta Comunidad alejado y mal comunicado con su centro de estudios. Extranjeros sin recursos económicos matriculados en centros o universidades de la Comunidad de Madrid.

d) Jóvenes que han pertenecido al Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, con informe favorable del Área de Protección del IMMF, que en la actualidad estén en período de formación, o disfrutando de un contrato laboral temporal; en este supuesto se exceptúan los requisitos enumerados en las letras b) y c) de este artículo; los criterios de valoración serán:

d.1) Haber demostrado una evolución positiva en su comportamiento

d.2) Haber actuado con responsabilidad en las distintas actuaciones durante su estancia en la Residencia

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 233
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento