Ayudas para estancias de doctores en centros de investigación de excelencia de la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S45228/06

Norma:

ORDEN de 11 de octubre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente orden es convocar ayudas para financiar estancias de perfeccionamiento para doctores que deseen participar en un proyecto de investigación, que complete su etapa de formación.
Las estancias tendrán lugar en universidades o centros de investigación de prestigio de la Comunitat Valenciana.
La finalidad de la convocatoria es promover la movilidad como instrumento fundamental de transferencia de conocimientos y tecnologías, posibilitando la incorporación temporal de doctores a centros de prestigio para perfeccionar y completar su formación científica y técnica, con el objetivo de rentabilizar al máximo el potencial que representan.

Los proyectos de investigación a que hace referencia el apartado anterior pueden referirse a todas las áreas del conocimiento y de la tecnología.

Las ayudas a la contratación se concederán inicialmente por el periodo de duración que corresponde al ejercicio 2007, pudiendo renovarse, en los sucesivos ejercicios presupuestarios, hasta completar un periodo máximo de 24 meses, siempre condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para ello en los presupuestos de la Generalitat en cada ejercicio.
La fecha de inicio de la ayuda figurará en la resolución de concesión.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las Universidades públicas valencianas, organismos públicos de investigación con personalidad jurídica propia y las entidades públicas o privadas con finalidad investigadora legal o estatutaria y personalidad jurídica propia, y que no tengan ánimo de lucro, radicados en la Comunidad Valenciana.

Podrán solicitar las ayudas las personas físicas que reúnan las características y requisitos establecidos en el artículo 5.

Las entidades beneficiarias formalizarán con los solicitantes que hayan sido seleccionados el correspondiente contrato laboral de acuerdo con la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se destinarán a la financiación del coste de los siguientes conceptos por parte de las entidades beneficiarias:

a) los contratos de los doctores, con un salario de 28.000 euros anuales, que serán abonados por las entidades beneficiarias en 14 pagas.
b) la cuota empresarial a la Seguridad Social La cuantía de la ayuda será proporcional a la duración del contrato en el ejercicio presupuestario.

En el caso de solicitantes extranjeros, podrán solicitar ayudas de viaje hasta un máximo de 1.000 euros.

Se deberá realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención en las fechas comprendidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.
Cualquier cambio que se introduzca en las condiciones de realización de la actividad deberá de ser comunicado a la Dirección General de Investigación y Transferencia Tecnológica, para su autorización o denegación, si procede.

Requisitos:

Para acceder a las ayudas previstas en esta convocatoria, los solicitantes deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia y trabajo en España, o estar en la situación de excepción a la autorización de trabajo prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 8/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
b) Estar en posesión del título de Doctor y haberlo obtenido con posterioridad al 31 de enero de 2004.
c) Ser admitido por la Universidad o centro de investigación para colaborar en un grupo de excelencia.

Documentos asociados

Boletín: 17/11/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5390
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento