Ayudas para el sector de los forrajes desecados.

Código de ayuda:

S10446/04

Norma:

Orden AYG/485/2004, de 31 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la gestión de las ayudas en el sector de los forrajes desecados en el ámbito geográfico de la Comunidad de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes máximos de las ayudas serán:
- 68,83 euros/t para forrajes deshidratados, concentrados de proteínas y productos deshidratados.
- 38,64 euros/t para forrajes secados al sol.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas de transformación, que tengan ubicadas sus instalaciones de transformación en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Productos acogidos a la Organización Común de Mercados en el sector de los forrajes desecados.
Tipo de productos:
Los productos acogidos a la organización común de mercados en el sector de los forrajes desecados son los que se relacionan a continuación:
Se entenderá por otras especies de forrajes deshidratados las siguientes:
esparceta, trébol, altramuces, vezas y productos forrajeros análogos deshidratados con exclusión del heno y de las coles forrajeras, así como de los productos que contengan heno. A estos efectos tendrán la consideración de productos forrajeros análogos, siempre que estén incluidos en los códigos NC 12149091 y 12149099, los siguientes:
– las leguminosas herbáceas,
– las gramíneas herbáceas,
– los cereales recolectados verdes, con la planta entera y las semillas inmaduras,
– el Chenopodium quinoa.

Se entenderá por otras especies de forrajes secados al sol las siguientes:
esparceta, trébol, altramuces, vezas, trébol de olor, almorta y serradella, secados al sol y molidos.

Por concentrados de proteínas los obtenidos a partir de jugo de alfalfa y de hierba y por productos deshidratados los obtenidos exclusivamente a partir de residuos sólidos y jugos resultantes de los concentrados de proteínas.

Requisitos:

Que, procesen, en una determinada campaña de comercialización, forrajes procedentes de:
- Los contratos celebrados con los productores de los forrajes que vayan a transformarse.
- Su propia producción o, en caso de agrupaciones, la de sus miembros, obtenida en parcelas que hayan sido objeto de una declaración de superficie.
- Los compradores de forrajes autorizados que hayan celebrado, a su vez, contratos con productores de forrajes.

Documentos asociados

Boletín: 13/04/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 69
Documento: Convocatoria Descargar Documento