Ayudas para el sector artesano para el ejercicio 2024.

Código de ayuda:

S20155/23

Norma:

ORDEN ICD/386/2023, de 21 de marzo. ORDEN EIE/815/2016, de 25 de julio. ORDEN EEI/315/2024, de 22 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Finalizará el 2 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta Orden, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden EIE/815/2016, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias, Orden que ha sido modificada mediante Orden ICD/833/2020, de 31 de agosto y por la Orden ICD/417/2021, de 21 de abril, convocar para el año 2024 ayudas para el sector artesano, que contempla acciones en los siguientes ámbitos estratégicos:

a) Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano.

b) Participación en ferias comerciales del correspondiente sector de actividad o relacionadas con el mismo.

c) Nuevos profesionales artesanos.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Comercio
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total prevista para esta convocatoria es de ciento cuarenta y cuatro mil doscientos treinta y cuatro euros (144.234 €) con cargo a las siguientes partidas de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024: G/15060/6221/470015/91002: setenta y cuatro mil ciento sesenta y tres euros (74.163 €). G/15060/6221/770052/91002: setenta mil setenta y un euros (70.071 €).

G/19030/6221/770052/91002: noventa y nueve mil ciento noventa y dos euros con cincuenta y siete céntimos (99.192,57

Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:

1.1. Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano.

a) obras para la instalación, reforma, ampliación o mejora del taller de producción, del almacén o local comercial.

b) adquisición de maquinaria, herramientas o equipamiento para taller de producción, del almacén o local comercial.

1.2. Participación, como expositor en ferias profesionales, comerciales o exposiciones individuales o colectivas.

1.3. La incorporación de nuevos profesionales a la actividad artesana.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2016
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/04/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 67
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 10/04/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 67
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/04/2024
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 69
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 69
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento