Ayudas para el sector artesano.

Código de ayuda:

S30564/20

Norma:

ORDEN EIE/815/2016, de 25 de julio. ORDEN ICD/507/2020, de 16 de junio. ORDEN ICD/833/2020, de 31 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta Orden, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden EIE/815/2016, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias en la Comunidad Autónoma de Aragón, convocar para el año 2020 ayudas para el sector artesano.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Industria y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001, “Boletín Oficial de Aragón”, número 18, de 12 de febrero de 2001) excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa de mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente a taller artesano.

b) Participación en ferias comerciales del correspondiente sector de actividad o relacionadas con el mismo.

c) Nuevos profesionales artesanos.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2016
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/06/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 127
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/06/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 127
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/09/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 179
Documento: Modificación Bases Descargar Documento