Ayudas para el programa Fábrica del futuro, fábrica inteligente y sostenible de la industria 4.0 (cuarta convocatoria), orientado a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación centrados en tecnologías industriales innovadoras dentro de la iniciativa Industrias 4.0-captación de inversiones, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S45600/20

Norma:

RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2020. RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de diciembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación al amparo de la cuarta convocatoria del programa Fábrica del futuro, fábrica inteligente y sostenible de la industria 4.0. Este programa, incluido en el plan de acción de la RIS3 Galicia, tiene por objetivo el fomento de la inversión privada para la financiación de la innovación a través del apoyo a grandes proyectos empresariales de I+D+i de carácter estratégico para el tejido industrial gallego, centrados en el desarrollo de tecnologías industriales clave para alcanzar un modelo productivo innovador. Estos proyectos deberán estar en línea con las tendencias internacionales de la Fábrica del futuro, fábrica inteligente y sostenible de la industria 4.0.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Innovación (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se concederán en forma de subvenciones. La cuantía máxima de la ayuda que puede ser concedida a los proyectos seleccionados se determinará sobre la inversión subvencionable de cada beneficiario, y será conforme a los límites de intensidad previstos en los artículos 25 y 29 del Reglamento (UE) nº 651/2014.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Empresas del sector industrial, así como de aquellos sectores, industriales o de servicios definidos como «nueva industria» en la Agenda de Competitividad Galicia Industria 4.0, que dispongan de un establecimiento legalmente constituido, que puedan liderar proyectos empresariales de I+D+i de carácter estratégico que cumplan las características recogidas en el artículo 6 de la presente resolución.

Las empresas, atendiendo a su tamaño, podrán ser grandes o pymes, según las definiciones incluidas en el artículo 2.

b) Agrupaciones de una empresa o empresas del sector industrial, así como de aquellos sectores, industriales o de servicios, definidos como «nueva industria» en la Agenda de Competitividad Galicia Industria 4.0 y uno o varios organismos de investigación y difusión, en los términos previstos en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia (en adelante, Ley 9/2007), que realicen proyectos en cooperación.

c) Agrupaciones entre una gran empresa y una o varias pymes que, en ambos casos, deberán pertenecer al sector industrial o a aquellos sectores, industriales o de servicios definidos como «nueva industria» en la Agenda de Competitividad de Galicia Industria 4.0.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son actividades subvencionables la investigación industrial, el desarrollo experimental y la innovación en materia de organización y de procesos, entendiendo como tales las definiciones incluidas en el artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014.

Documentos asociados

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