Ayudas para el personal laboral incluido en el ambito de aplicacion del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administracion del Principado de Asturias adscrito al SESPA, durante el curso 2010/2011, con hijos e hijas con discapacidad.

Código de ayuda:

S16500/12

Norma:

Resolución de 30 de abril de 2012.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El apoyo al personal del SESPA, con hijos e hijas integrados en su unidad familiar, que estén afectados de una discapacidad que requiera atención especial.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Sanidad (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

• Personal laboral fijo que reúna el requisito establecido en la base 2.ª1 a) y personal temporal con servicios prestados al SESPA durante más de seis meses dentro del período determinado en la base segunda:

-Grado de discapacidad entre el 33 y el 64%: 1.500 euros.

-Grado de discapacidad entre el 65 y el 74%: 2.000 euros.

-Grado de discapacidad igual o superior al 75%: 2.400 euros.

• Personal temporal con servicios prestados al SESPA durante un período de tres a seis meses dentro del período determinado en la base segunda:

-Grado de discapacidad entre el 33 y el 64%: 750 euros.

-Grado de discapacidad entre el 65 y el 74%: 1.000 euros.

-Grado de discapacidad igual o superior al 75%: 1.200 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El personal incluido, durante el curso 2010/2011, en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias, cuyos hijos e hijas, dependiendo
económicamente de la persona solicitante, se hallen afectados o afectadas de una discapacidad física, psíquica o sensorial que requiera una atención especial, y que se encuentre en alguna de las situaciones establecidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El apoyo al personal del SESPA, con hijos e hijas integrados en su unidad familiar, que estén afectados de una discapacidad que requiera atención especial.

Requisitos:

a) Personal perteneciente o adscrito al SESPA vinculado al mismo por una relación de empleo de carácter permanente, entendiéndose por tal la del personal laboral fijo en situación de activo en algún momento entre el 1 de septiembre de 2010 y el 31 de agosto de 2011, así como quienes en dicho período se encontrasen en situación de excedencia por cuidado de hijo/hija o familiar, o en situación de incapacidad temporal.

b) Personal jubilado parcialmente y que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento entre el 1 de septiembre 2010 y el 31 de agosto de 2011, o en situación de incapacidad temporal.

c) Personal que entre el 1 de septiembre de 2010 y el 31 de agosto de 2011, haya prestado un mínimo de tres meses de servicios como personal laboral temporal. Los servicios que se tendrán en cuenta serán los que hayan sido prestados en el ámbito de la convocatoria.

d) En el supuesto de que dentro del personal mencionado en los apartados anteriores, durante el curso 2010/2011 se hubiese producido algún fallecimiento, podrán solicitar la ayuda los huérfanos o huérfanas mayores de edad o, en su caso, su representante legal si estos o estas fuesen menores de edad.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 107
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento