Ayudas para el personal del organismo autonomo con hijos e hijas con discapacidad.

Código de ayuda:

S55773/08

Norma:

Resolucion de 11 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en la convocatoria correspondiente.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de ayudas económicas al personal perteneciente al organismo autónomo Instituto Asturiano de prevención de Riesgos Laborales que tenga hijos e hijas a quienes les afecte una discapacidad que requiera una atención especial y formen parte de su unidad familiar.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Grado de minusvalía entre el 33 y el 64%: 1.500 euros.

grado de minusvalía entre el 65 y el 74%: 2.000 euros.

grado de minusvalía igual o superior al 75%: 2.400 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar estas ayudas aquel personal perteneciente al organismo autónomo Instituto Asturiano de prevención de Riesgos Laborales, cuyos hijos e hijas dependiendo económicamente de la persona solicitante se hallen afectados o afectadas por una discapacidad física, psíquica o sensorial que requiera una atención especial.

Requisitos:

a) el personal perteneciente o adscrito al organismo autónomo
Instituto Asturiano de prevención de Riesgos Laborales
vinculado al mismo por una relación de empleo de carácter
permanente, entendiéndose por tal la del personal funcionario
de carrera, laboral por tiempo indefinido y laboral fijo a
tiempo parcial, que se encuentre en situación de servicio activo
en algún momento durante el plazo de presentación de las
solicitudes, o que haya causado baja por jubilación durante el
curso académico 2007/2008, así como quienes se encuentren
en situación de excedencia por cuidado de hijo/hija o familiar,
o en situación de incapacidad temporal.
Si entre el personal mencionado en el párrafo anterior
se hubiese producido algún traslado a la Administración del
principado u otros Organismos de la misma y, una vez convocadas
las ayudas correspondientes a esa Administración u
Organismo, dicho personal no reúne los requisitos para poder
acceder a las mismas, podrá solicitar la ayuda en esta convocatoria
siempre que acredite entre el 1 de septiembre de 2007
y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
un mínimo de 3 meses de servicios.
b) el personal jubilado parcialmente y que se encuentre
en situación de servicio activo en algún momento entre el 1
de septiembre de 2007 y la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, o esté en situación de incapacidad
temporal.
c) el personal temporal que entre el 1 de septiembre de
2007 y la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes haya prestado un mínimo de 6 meses de servicios.
Los servicios que se tendrán en cuenta serán los que hayan
sido prestados en el ámbito de esta convocatoria.
d) el personal temporal con contrato a tiempo parcial,
que aun no reuniendo el período de seis meses efectivamente
trabajados, su contrato tenga una antigüedad de un
año a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
e) el personal funcionario de carrera, laboral por tiempo
indefinido y laboral fijo a tiempo parcial, que se encuentre en
situación de excedencia por incompatibilidad por desempeño
de otro puesto de trabajo como personal temporal en el Instituto
Asturiano de prevención de Riesgos Laborales
f) en el supuesto de que dentro del personal mencionado
en los apartados anteriores, durante el curso 2007/2008 se hubiese
producido algún fallecimiento, podrán solicitar la ayuda
los descendientes en primer grado mayores de edad o, en su
caso, su representante legal si éstos o éstas fuesen menores
de edad.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 185
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento