Ayudas para el mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.

Código de ayuda:

S11928/04

Norma:

Orden de 25-03-2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

120,20 euros por Unidad de Ganado Mayor (UGM).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones ganaderas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Mantener alguna de las siguientes razas autóctonas:
a) Especie ovina: alcarreña, manchega variedad negra y talaverana.
b) Especie caprina: blanca serrana celtibérica.

Requisitos:

- Llevar a cabo el programa sanitario obligatorio mínimo recogido en el Decreto 2012004, por el que se establecen las bases reguladoras para la constitución de Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera en Castilla-La Mancha y se establecen los programas sanitarios obligatorios para todas las explotaciones ganaderas de CastillaLa Mancha.
- Todos los animales de la explotación deberán ser identificados de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 20511996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies porcina, ovina y caprina, así como la identificación individual de cada animal que le corresponda de acuerdo con los Libros Genealógicos respectivos.

La forma de acreditar estos requisitos será:
- El programa sanitario obligatorio mínimo, mediante un certificado del veterinario autorizado de la explotación ganadera, de acuerdo con el Decreto 2112004, de 24-02-2004, por el que se regula la autorización de veterinarios en Castilla-La Mancha para la certificación de los requerimientos exigidos por la normativa veterinaria, relativo al año inmediatamente anterior al de presentación de la solicitud anual correspondiente.
- La identificación de los animales mediante copia del Libro de Registro de Explotación y certificado de la Asociación que gestiona el Libro Genealógico.

Documentos asociados

Boletín: 28/04/2004
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 68
Documento: Convocatoria Descargar Documento