Ayudas para el mantenimiento de estaciones terrestres transmisoras o reemisoras de television digital terrestre (TDT), propiedad de municipios de Extremadura.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S27300/11

Norma:

DECRETO 59/2011, de 6 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas para contribuir a financiar el coste del mantenimiento de las estaciones terrestres transmisoras o reemisoras de televisión digital terrestre (en lo sucesivo TDT), propiedad de municipios de Extremadura, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Presidencia de la Junta (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención podrá alcanzar hasta el 100% del coste del mantenimiento contratado de las estaciones transmisoras o reemisoras de TDT. Asimismo, la cuantía máxima a conceder será la que se determine en la respectiva convocatoria para cada uno de los tres grupos contemplados en el segundo párrafo del artículo 8, en función del número de múltiplex que, en cada caso, sean objeto de mantenimiento contratado.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los municipios de Extremadura propietarios de estaciones terrestres transmisoras o reemisoras para la difusión a los ciudadanos del servicio de televisión digital terrestre, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los contratos formalizados por las Corporaciones Locales para el mantenimiento de las estaciones terrestres transmisoras o reemisoras de TDT, propiedad de municipios de Extremadura, para la difusión a los ciudadanos del servicio de TDT, con arreglo a las siguientes condiciones:

a) La estación terrestre transmisora o reemisora de TDT objeto de mantenimiento estará integrada por el equipamiento radioeléctrico, debidamente homologado, con capacidad para difundir en el mismo formato la señal de televisión de los canales existentes, en todos o algunos de los múltiplex de las cadenas de televisión pública y/o privadas de ámbito nacional, el correspondiente al canal autonómico Canal Extremadura TDT, y los de TDT local con respecto a los cuales se haya otorgado el correspondiente título habilitante por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No serán susceptibles de estas ayudas los contratos que contemplen únicamente el mantenimiento de canales distintos a los anteriormente mencionados.

b) La empresa con la que se contrate el mantenimiento objeto de subvención deberá estar inscrita en el Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicación, en el tipo D, conforme a lo dispuesto en el art. 4 de la Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación, aprobado por el Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo. Este extremo será comprobado de oficio por el órgano gestor de las subvenciones.

c) El contrato de mantenimiento de la estación transmisora o reemisora de TDT, suscrito por la Entidad Local propietaria de la misma, habrá de estar formalizado con antelación a la fecha en que finalice el plazo de presentación de la solicitudes de ayuda, y mantener su vigencia, como mínimo, hasta el 31 de diciembre del año al que se refiera la correspondiente convocatoria.

d) Sólo será susceptible de las presentes ayudas el coste de los contratos de mantenimiento que sea imputable al año al que se refiera la correspondiente convocatoria.

e) El alcance del mantenimiento de la estación transmisora o reemisora de TDT deberá incluir al menos:

e.1) La realización, como medida preventiva, durante la vigencia del contrato de mantenimiento, de dos revisiones completas de los elementos descritos y de su funcionamiento general.

e.2) La atención de las averías se realizará, al menos, dentro del horario laboral en un plazo no superior a veinticuatro horas. Si los avisos se generan los sábados, domingos o días festivos, la atención se realizará a más tardar en las veinticuatro horas del primer día laborable siguiente.

Las entidades locales podrán solicitar ayudas para financiar el mantenimiento de cuantas estaciones terrestres transmisoras o reemisoras de TDT existan en el municipio y que sean de su propiedad. Caso de referirse a más de una estación, la solicitud de subvención se efectuará de forma individualizada, esto es, una por cada estación, y los contratos de mantenimiento a financiar habrán de ser igualmente uno por cada estación a mantener.

Requisitos:

a) No estar incursas en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución de concesión y antes del pago de la ayuda.

c) Ser propietarias de la estación terrestre transmisora o reemisora de TDT cuyo mantenimiento se pretende que sea objeto de la subvención.

d) El contrato de mantenimiento al que se refiera la solicitud de la ayuda deberá cumplir los requisitos indicados en el artículo 2 del presente decreto.

e) Comprometerse a que en el supuesto de que el importe del contrato de mantenimiento de la estación objeto de la subvención solicitada, imputable al año al que se refiera la convocatoria, sea superior al que sea concedido, asumirá la cofinanciación por el importe que resulte de la diferencia entre el importe total del mantenimiento imputable a dicho año y la cantidad que le sea, en su caso, otorgada.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 90
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento