Ayudas para el libro gallego, en lo que se refiere a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego y a la traducción al gallego de obras publicadas originariamente en otras lenguas, así como para su edición.

Código de ayuda:

S05728/20

Norma:

ORDEN de 8 de enero de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de marzo de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas van dirigidas a la producción editorial para apoyar el libro gallego, en lo que se refiere a la traducción a otras lenguas de obras, publicadas originariamente en gallego y a la traducción a gallego de obras, publicadas originariamente en otras lenguas. También se subvenciona la edición de los libros traducidos al amparo de esta orden, se financian los gastos de edición, tales como los de diseño y maquetación, preimpresión, impresión y manipulado, correcciones de estilo, ortotipográfica y las pruebas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima adjudicada por medio de esta orden asciende a docientos mil euros (200.000,00 €), del siguiente modo:

A) Para la traducción desde otras lenguas para el gallego se destinará el 60 % del presupuesto total previsto, por lo que se asigna una cuantía de 120.000 euros.

B) Para la traducción desde el gallego para otras lenguas se destinará el 40 % del presupuesto total previsto, por lo que se asigna una cuantía de 80.000 euros.

C) Quedarán excluidas de estas ayudas aquellos proyectos que, después de aplicado al baremo previsto en esta orden, alcancen una puntuación inferior al 50 % del máximo total.

D) La cuantía se fijará en 20 euros por página, como máximo.

E) El cómputo y la determinación de la cuantía se realizará sobre una página estándar de 30 líneas por 60 caracteres, para un total de 1.800 caracteres. Quedan exceptuados de este cómputo los siguientes géneros literarios: la poesía, el teatro, el álbum ilustrado y la literatura infantil.

F) La ayuda no puede superar en ningún caso los 6.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para la traducción y la edición aquellas personas físicas o jurídicas, que acrediten su condición de editoras de acuerdo con lo establecido en la presente orden.

Documentos asociados

Boletín: 10/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 27
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 27
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento