Ayudas para el impulso de la participación de los agentes empresariales catalanes en la cooperación al desarrollo.

Código de ayuda:

S46528/08

Norma:

RESOLUCION IUE/1921/2008, de 5 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de ayudas para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo mediante el impulso de la participación de los agentes empresariales catalanes en la cooperación al desarrollo.

Dar publicidad a las bases que deberán regir esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Resolución.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cofinanciación será hasta un máximo del 75% de los costes del proyecto con un importe máximo de 100.000 euros, mientras que el importe restante ha de ser financiado con fondos procedentes de la misma entidad solicitante, de la contraparte en el proyecto, o de otras administraciones o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a las ayudas reguladas en estas bases las entidades, corporaciones y instituciones de derecho público o privado la actividad de las cuales se desarrolle principalmente en Cataluña y que:

- Demuestren tener una representatividad del sector empresarial catalán, o bien que sus objetivos y actividades principales estén relacionadas con la prestación de servicios a empresas: organizaciones patronales, cámaras de comercio y industria, asociaciones empresariales y centros de servicios a empresas.
- No tengan finalidad de lucro.
- Tengan personalidad jurídica propia.
- Tengan independencia financiera y organizativa, estén al corriente de las obligaciones fiscales y de las cotizaciones de la Seguridad Social correspondientes, y que no tengan ninguna deuda contraída con la Generalidad de Cataluña.

Cada entidad podrá presentar un máximo de dos proyectos en esta convocatoria con independencia que la entidad los haya presentado individualmente o en acuerdo con otras entidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de las ayudas es el apoyo a los proyectos de cooperación al desarrollo que lleven a cabo los agentes empresariales catalanes junto con organismos empresariales de determinados países y zonas en vías de desarrollo.

Los proyectos a los que se dará apoyo deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener un impacto positivo para el desarrollo del país objeto del proyecto.
b) Contemplar los siguientes objetivos transversales:
Promover el respeto integral y la consolidación de los derechos humanos, la gobernabilidad y el refuerzo del tejido social.
Promover la equidad entre mujeres y hombres mediante la aplicación de la perspectiva de género.
Promover la sostenibilidad de desarrollo en su triple dimensión: social, económica y ambiental.
c) Tener un organismo empresarial local que actúe como contraparte del proyecto al que se le transfiere la experiencia con el objetivo de asegurar la sostenibilidad.
d) Transferir parte de la experiencia de las entidades catalanas a instituciones similares a los países en desarrollo que respondan a las necesidades de las poblaciones beneficiarias. En la medida que sea posible, los proyectos han de ser compatibles con los objetivos de desarrollo regionales y nacionales del país destinatario.

La actividad por la que se solicita la ayuda se deberá iniciar antes del 31 de diciembre de 2008.
La ayuda incluye los gastos generados a partir de la fecha de la solicitud de la ayuda, con un plazo máximo de 12 meses.
En el caso de proyectos plurianuales, transcurrido este plazo será necesaria la presentación de una nueva solicitud para la renovación de la ayuda, si procede.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5157
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento