Ayudas para el fomento del uso de los seguros agrarios, y se hace pública la convocatoria de las ayudas a las líneas del Plan de seguros agrarios 2015.

Código de ayuda:

S23828/15

Norma:

ORDEN AAM/127/2015, de 30 de abril. ORDEN ARP/321/2015, de 15 de octubre.

Plazo de Solicitud:

La formalización del seguro tendrá la consideración de solicitud de ayuda. Estructuras: 1 mes desde la suscripción de la póliza.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las medidas para la aplicación de las ayudas para el fomento del uso de los seguros agrarios en
Cataluña, de acuerdo con el Plan de seguros agrarios combinados.

Establecer un régimen temporal de ayudas de minimis para las pólizas suscritas en la modalidad de seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles, independientes de las pólizas suscritas para el aseguramiento de la producción que protegen.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según seguro.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Seguros correspondientes a las líneas que se detallan en el anexo 2 de esta Orden, incluidas en el Plan de seguros agrarios 2015. Las ayudas a estos seguros tienen naturaleza de ayudas de Estado y corresponden al régimen notificado por el Administración General del Estado declarado compatible por la Comisión Europea mediante Decisión de 30 de enero de 2002 (núm. de ayuda asignado N 774/2001).

b) Seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles,
independientes de las pólizas suscritas para el aseguramiento de la producción que protegen. Las ayudas a estas pólizas se someten al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.

Sectores y riesgos asegurados.-

El seguro se aplicará a los sectores agrícola, ganadero, forestal y acuícola.

Los riesgos asegurables son todos los fenómenos de la naturaleza susceptibles de producir daños sobre las producciones agrarias y que cumplan los requisitos técnicos necesarios para su aseguramiento.

Requisitos:

a) Que tengan parcelas o reses ubicados en el territorio de Cataluña.

b) En el caso de las líneas que cubran garantías adicionales aplicables a las organizaciones de productores, estas deben tener el domicilio social en Cataluña.

c) Que contraten los seguros del apartado 2.a) de estas bases reguladoras dentro del plazo establecido en el Plan, o que hayan contratado o contraten los seguros del apartado 2.b) de estas bases reguladoras dentro del plazo que se establezca en la convocatoria correspondiente.

d) Que no incurran en ninguna de las causas que impidan adquirir la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni el artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6869
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/10/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6981
Documento: Convocatorias 2015/2016 Descargar Documento