Ayudas para el fomento del uso de los seguros agrarios, se convocan las correspondientes al año 2008 - Modificación.

Código de ayuda:

S30955/08

Norma:

ORDEN AAR/177/2008, de 18 de abril. ORDEN AAR/513/2008, de 20 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Un mes contado a partir de la fecha en que se haya suscrito y pagado la póliza (consultar artículos 8 y 9).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las medidas para la aplicación de las ayudas para el fomento del uso de los seguros agrarios en Cataluña, de acuerdo con el Plan de seguros agrarios combinados para el ejercicio 2008.

Establecer un régimen temporal de ayudas de minimis para las pólizas suscritas en la modalidad de seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles independientes de las pólizas suscritas para el aseguramiento de la producción que protegen.

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas de los apartados 1 y 2 anteriores y convocar las correspondientes al año 2008.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar Artículo 6.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de explotaciones agrarias y las entidades cooperativas y asociativas agrarias, éstas dos últimas con domicilio social en Cataluña que cumplan los requisitos siguientes:

a) Que tengan parcelas o cabezas de ganado ubicadas en el territorio de Cataluña.
b) Que contraten los seguros del artículo 2.a) dentro del plazo que establece el Plan, o que hayan contratado o contraten los seguros del artículo 2.b) desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 30 de septiembre de 2008.
c) En el caso de producciones agrícolas, que presenten la declaración única agraria (DUN) para el año 2008 en el supuesto del artículo 2.a) de esta Orden. Este requisito no se exigirá en el supuesto del apartado 2.b) de este artículo.
d) Que no incurran en ninguna de las causas que impidan adquirir la condición de persona beneficiaria del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El DAR concederá ayudas para el pago del coste de las primas de las personas que suscriban los seguros siguientes:

a) Seguros correspondientes a las líneas que se detallan en el anexo 2 de esta Orden, incluidos en el Plan.
b) Seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles, independientes, de las pólizas suscritas para el aseguramiento de la producción que protegen.

El seguro se aplicará a los sectores agrícola, ganadero, forestal y acuícola.

Los riesgos asegurables son todos los fenómenos de la naturaleza susceptibles de producir daños sobre las producciones agrarias y que cumplan los requisitos técnicos necesarios para su aseguramiento.

La cobertura de los riesgos amparados por los seguros agrarios que prevén los planes anuales, la realizarán las entidades aseguradoras y el Consorcio de Compensación de Seguros que se encuadran en Agroseguro.

La suscripción de los seguros previstos en el Plan la realizarán exclusivamente las entidades aseguradoras incluidas en Agroseguro y los/las agentes de seguros autorizados/as, de la manera legalmente establecida.

La suscripción del seguro es voluntaria para las personas que se dedican a la agricultura, a la ganadería, a la acuicultura, y a la producción forestal.

Los seguros serán suscritos de manera individual o de manera colectiva.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5121
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 02/12/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5270
Documento: Modificación Descargar Documento