Ayudas para el fomento del empleo en empresas de base tecnologica y en iniciativas locales de empleo, Convocatoria para 2008.

Código de ayuda:

S20964/08

Norma:

ORDEN de 6 de marzo de 2008.

Plazo de Solicitud:

1.º Plazo: hasta 30/06/2008. 2.º Plazo: desde 01/07/2008 hasta 15/11/2008.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca para el año 2008 la concesión de subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria abierta.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Turismo (Melilla)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOCE L.124 de 20 de mayo de 2003), cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en la Ciudad Autónoma de Melilla.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas subvenciones tienen como finalidad el fomento del auto-empleo y la contratación de personas
desempleadas en empresas encuadradas como Iniciativas Locales de Empleo, en el marco del Programa Operativo FSE para Melilla periodo 2007-2013; Eje 1 -"Fomento del Espíritu Empresarial y Mejora de la Adaptabilidad de Trabajadores, Empresas y Empresarios"-, Tema Prioritario 68 -"Apoyo al trabajador por cuenta propia y a la creación de empresas".

Tipo y requisitos de proyectos objeto de las ayudas:

Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que operen efectiva y materialmente en la Ciudad Autónoma de Melilla, y efectúen contratos laborales dentro de las modalidades que se relacionan en el apartado 1, del artículo 8, de bases reguladoras.

Las personas que pretendan llevar a cabo un proyecto empresarial, y vayan a iniciar su actividad como trabajadores autónomos, siempre que tal actividad se plantee realizar con carácter indefinido en la Ciudad Autónoma de Melilla, de manera individual, a través de comunidades de bienes, o mediante la constitución de sociedades mercantiles o cooperativas de trabajo asociado siempre que ostenten cargos directivos en las mismas.

Siendo requisito, que la actividad que desarrollen, bien como titulares, bien a través de las sociedades que constituyan, se encuadre dentro de los sectores considerados Iniciativas Locales de Empleo, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
a.- Empresas que supongan la implementación de nuevas tecnologías.
b.- Turismo.
c.- Industria.
d.- Nuevos yacimientos de empleo.

No serán subvencionares proyectos encuadrados dentro de los sectores que señala el artículo 1 del Reglamento (CE) n.° 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis.

Documentos asociados

Boletín: 21/03/2008
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4488
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento