Ayudas para el fomento del desarrollo asociativo y de la integración en la expansión social de las Islas Baleares y para la promoción del hecho insular en cualquiera de sus manifestaciones.

Código de ayuda:

S28019/04

Norma:

Resolución de 15 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a las asociaciones ciudadanas asentadas en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Relaciones Institucionales (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos calificados en grado menor se podrán subvencionar en cuantía no superior al 25 % del presupuesto total para la realización de la actividad, la compra, la reforma o la renovación de infraestructuras; si se califica en grado medio no podrá superar el 60 %, y si se califica en grado máximo se puede conceder la subvención hasta el 100 % del presupuesto presentado, pero en ningún caso no podrá superar el importe solicitado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Entidades asociativas en general, con la excepción de las de carácter profesional, y/o de Casas Regionales.
2. Asociaciones de personas con las mismas peculiaridades o características, con finalidad de defensa de los intereses comunes de organización de servicios.
3. Asociaciones de mayores, cuando las acciones de integración social y de recuperación del equilibrio personas y colectivo del grupo en su entorno.
4. Asociaciones y/o Federaciones de Asociaciones en defensa o por la promoción de los intereses para el desarrollo social en relación con la insularidad.
5. Otras ayudas a entidades, asociaciones, grupos, colectivos y personas físicas que contribuyan al fomento del desarrollo social de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo de las actividades siguientes:
1. Realización de actos conmemorativos, efemérides o de especial significado para el mantenimiento de las tradiciones y el conocimiento de la historia de las Illes Balears.
2. Realización de cursos de formación, desarrollo y la gestión de las estructuras asociativas.
3. Realización de participación ciudadana promovidas por colectivos ubicados en pequeños núcleos de población, en defensa de las tradiciones y el conocimiento de la realidad social local.
4. Gestión y realización de encuentros, estudios, seminarios y otras actividades entre asociaciones de regiones insulares para el intercambio de experiencias, para el conocimiento de las tradiciones y peculiaridades, la conexión y evaluación así como la convención de programas para la expansión social y lúdica en cualquiera de sus manifestaciones.
5. Ayudas para los gastos destinados a la funcionalidad operativa de las asociaciones.
6. Ayudas para el desarrollo de las actividades previstas en los planes siguientes:
6.1. Desarrollo de actividades para el fomento de la solidaridad y el intercambio entre generaciones.
6.2. Creación de servicios, asesorías y realización de actividades terapéuticas.
6.3. Planes de actividades para la promoción del asociacionismo y la implicación social.
6.4. Cualquier otra actividad que divulgue el espíritu de participación en la sociedad, de plena integración y de utilidad, o que constituya una oferta de educación social para la participación, mediante procedimiento democrático en la estimulación social y la proyección de los grupos sociales con intereses comunes, que pongan en práctica la defensa de los valores asentados en la sociedad actual.
6.5. Programas destinados a la promoción del conocimiento, del uso de las costumbres, los hechos culturales y populares que configuran la personalidad de las Illes Balears y sus pueblos.
6.6. Actividades destinadas al fomento de la actividad, a integración de los grupos y colectivos con peculiaridades propias, para su plena integración o el mantenimiento de estas, en la sociedad isleña y la formación en la adopción, el mantenimiento de las costumbres y los hechos que definen la esencia de los ciudadanos de las Illes Balears, así como para el fomento de su actividad, su agrupación social y la realización de actividades, y puesta en práctica de servicios comunes de interés.
7. Ayudas destinadas a la adquisición de las infraestructuras necesarias para el funcionamiento de las entidades, pequeñas reformas, adecuaciones de locales y sedes sociales que favorezcan el desarrollo de sus finalidades y programas.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 179
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 21/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 45
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 21/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 45
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 06/06/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 86
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 13/10/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 152
Documento: Modificación Descargar Documento