Ayudas para el fomento del consumo de productos ecológicos en centros docentes de la Comunitat Valenciana.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S54673/22

Norma:

ORDEN 15/2022, de 12 de septiembre. RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2022. Resolución de 6 de abril de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer y regular el régimen de las ayudas dirigidas a las empresas que presten servicios de restauración a los centros docentes de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos, cuando incorporen productos ecológicos certificados en los menús escolares, que pertenezcan al menos a estos cinco grupos: cereales, legumbres, fruta fresca, hortalizas y productos de origen animal.

Categorías Subvención

  • Consumo
  • Educación y Ciencia
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que prestan servicios de restauración ofreciendo menús en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana.

Requisitos:

a) Estar dado de alta en el censo de Actividades Económicas de la AEAT según su actividad.

b) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General en relación con las subvenciones y ayudas concedidas y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones. Asimismo, deberán someterse a los controles sobre el terreno y a posteriori a realizar por el órgano competente.

d) Presentar certificado emitido por el centro o centros escolares a los que el beneficiario ofrece menús, o el contrato de adjudicación del servicio de restauración firmado por la empresa con el o los centros docentes sostenidos con fondos públicos. Este documento se presentará antes del 20 de noviembre de la anualidad de la convocatoria de ayudas.

e) Presentar copia de la factura que los beneficiarios emitan a los centros escolares con indicación de los comensales por día correspondiente al mes de octubre del año de la convocatoria. Este documento se
presentará antes del 20 de noviembre de la anualidad de la convocatoria de ayudas.

f) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

g) Comunicar al órgano concedente, en la solicitud de subvención, así como en cualquier momento de la vigencia del expediente, la solicitud u obtención de otras ayudas para la misma finalidad por otras administraciones o entes públicos, así como la modificación de las circunstancias que hubieran fundamentado la concesión de la subvención en los términos de esta orden. En el caso de que la solicitud o concesión de otras ayudas, o la modificación de las circunstancias que hubieran motivado la concesión de la ayuda, se efectúen durante la tramitación del expediente, esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

h) Presentar, en su caso, declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas al solicitante durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, con indicación del
importe, organismo, fecha de concesión y régimen de ayudas en que se ampara, o en su caso, declaración de no haber recibido ninguna.

i) Acreditación mediante declaración responsable del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o en su caso, la exención de dicha obligación, a aquellos empresarios, personas físicas o jurídicas, que soliciten subvenciones o ayudas económicas de la Generalitat.

j) Proceder al reintegro de los fondos percibidos cuando proceda conforme a lo establecido en los artículos 36, 37 y 40 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

k) Dado que las empresas beneficiarias de la presente ayuda pueden prestar servicio de restauración tanto en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana como no sostenidos
con fondos propios, estas deberán disponer de contabilidad separada respecto de las actividades que se subvencionan.

l) Cualquier otra que legalmente corresponda como beneficiario de subvenciones públicas.

Documentos asociados

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