Ayudas para el fomento del autoempleo durante el año 2015.

Código de ayuda:

S16737/15

Norma:

Barañáin, 27 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14 horas del día 15 de Diciembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer incentivos para el fomento de creación de iniciativas a través del autoempleo, apoyando la puesta en marcha de iniciativas innovadoras y de todo tipo.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Barañáin (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1 “Empléate”:

Se concederá una única ayuda para los adjudicatarios de la presente convocatoria, concediéndose una subvención por el año de 2.400 euros (por socio/a o por autónomo/a solicitante).

Línea 2 “Tutélate”:

La cuantía de esta subvención, que se concederá de una sola vez, será de hasta el 100 por ciento del coste de los servicios prestados, con un máximo de 500 euros por cada solicitante para un año. En todo caso se excluye el IVA recuperable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores autónomos, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal. Si el posible beneficiario forma parte de algún tipo de sociedad, bien sea irregular, responsabilidad limitada, cooperativa, etc., deberá aportar acta de constitución de la sociedad donde conste el número de socios y su representatividad.



¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1 “Empléate”: Ayuda al establecimiento por cuenta propia.

Línea 2 “Tutélate”: Ayuda para la asistencia y asesoramiento individualizado y planes de viabilidad.

a) Asistencia y asesoramiento individualizado para mejorar el desarrollo de la actividad profesional para la consolidación de las nuevas empresas, en ámbitos como la diferenciación del negocio, gestión económico-financiera, fiscalidad, redes de contactos y mejora de las capacidades emprendedoras, etc...

La asistencia técnica deberá ser recibida y desarrollada íntegramente dentro de los doce meses
posteriores al alta en el Régimen Especial de Autónomos (RETA) y como fecha límite el día 30 de noviembre 2015.

b) Elaboración de un Plan de Viabilidad. Documento que permite al emprendedor evaluar la rentabilidad económica de su proyecto.

Requisitos:

- Estar empadronado/a en el Municipio de Barañain, además de dar de alta la empresa o adquirirla mediante un traspaso durante el año 2015 (desde el 1 de enero de 2015 hasta el 30 de noviembre de 2015).

- Establecerse como trabajador autónomo dándose de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas de Barañáin y en el Régimen Especial de la Seguridad Social como autónomo/a.

- No hallarse en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo de acuerdo al punto 2.e) del referido artículo 13 los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones tributarias, debiendo aportar certificados de Hacienda Tributaria y del Ayuntamiento de Barañáin sobre esta situación.

- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social, acreditándolo mediante las oportunas certificaciones (Hacienda Foral y Seguridad Social). En el caso de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Barañáin se comprobará de oficio, haciendo constar dichas circunstancia mediante la oportuna diligencia. Así mismo, previamente a la propuesta de concesión, se comprobará de oficio que no tiene cantidad pendiente de pago a la Tesorería Municipal.

- En el supuesto que deje de desempeñar la actividad empresarial por la que se le ha concedido la subvención, el sujeto tendrá que informar al ayuntamiento mediante instancia en el registro del “fin de la actividad”, indicando las causas, en este se valoraran a efectos de exigencia o no del reintegro de la subvención recibida.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 68
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 10/04/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 68
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
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Documento: Anexos Descargar Documento