Ayudas para el fomento del asociacionismo comercial.

Código de ayuda:

S01228/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2020. DECRETO 158/2018, de 2 de octubre. RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2021. RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de febrero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento del asociacionismo comercial, ayudas dirigidas al sostenimiento de los gastos de estructura y de funcionamiento de las asociaciones de comerciantes. Con ello se pretende optimizar sus recursos propios, así como promover la contratación de personal para una gestión más directa y profesional, todo ello orientado a poner en valor las ventajas del asociacionismo haciendo más visible los beneficios que aporta a los socios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Secretaria general de economía y comercio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvenciona el 100% de los gastos elegibles, con un máximo de ayuda de 3.000 a 6.000 euros, según los límites establecidos en el artículo 4 del decreto en función del número de socios del sector comercio de la asociación.

Asimismo, el decreto prevé una ampliación de estos límites en 10.000 euros para los gastos de personal en el caso de que la asociación lo solicite, siempre que el contrato sea a tiempo completo. Este importe será de 13.000 euros en el supuesto de que la persona objeto de contratación sea una mujer. Si no es a tiempo completo este importe se reducirá proporcionalmente en función del número de horas de la jornada de trabajo establecida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente decreto las asociaciones del sector comercio que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Que estén constituidas como entidades sin ánimo de lucro, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

b) Que desarrollen su actividad dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

c) Que el 50 % de los socios sean empresarios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes) y 65 (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes) del Impuesto de Actividades Económicas.

Este porcentaje mínimo será del 40 % siempre y cuando las asociaciones de comerciantes tengan al menos 100 socios.

d) Que más del 80 % de los socios tengan la categoría de pequeña y mediana empresa.

e) Que tengan al menos 40 socios.

f) Que estén inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos las asociaciones de comerciantes presentarán una declaración responsable conforme el modelo que figura en el anexo I, firmado por la persona representante de la entidad, que contendrá el listado actualizado de los socios con información referente al nombre de la empresa, NIF y epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a la actividad principal en la que está dada de alta cada socio.

El cumplimiento del requisito de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se comprobará de oficio por el órgano gestor de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 196
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/01/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 7
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/01/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 7
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/01/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 16
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/01/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 10
Documento: Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/01/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 10
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/01/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 16
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