Ayudas para el fomento de sistemas de produccion de razas ganaderas autoctonas en regimen extensivo.- Modificación y Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S47973/11

Norma:

ORDEN AAM/281/2011, de 24 de octubre. ORDEN AAM/201/2012, de 26 de junio. ORDEN AAM/179/2013, de 23 de julio. ORDEN AAM/268/2013, de 23 de octubre. ORDEN AAM/149/2014, de 5 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2014 las ayudas destinadas a fomentar las razas autóctonas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas previstas en estas bases reguladoras será de 100,00 euros por unidades de ganado mayor (UGM) de animal reproductor reconocido que pertenece a raza autóctona de fomento y de 130,00 euros por UGM de animal reproductor reconocido que pertenece a raza autóctona de protección especial, y no puede ser superior a 6.000,00 euros por solicitante de la ayuda. No obstante, si además la explotación ganadera está incluida en un sistema de calidad diferenciada agroalimentaria, se podrán incrementar hasta un 20% las cuantías anteriores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas y comunidad de bienes titulares, de explotaciones ganaderas ubicadas en Cataluña que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos ocasionados por las actuaciones de las explotaciones ganaderas que cuenten con animales reproductores que pertenezcan a razas autóctonas, que estén orientadas a la consecución de una producción ganadera que:

a) Tienda a la mejora del medio ambiente y el entorno natural.

b) Tienda a la mejora de la raza ganadera autóctona explotada.

c) Se realice en adecuadas condiciones de higiene y bienestar animal.

d) Garantice una sanidad animal adecuada y una alimentación del ganado fundamentada en recursos naturales.

Requisitos:

a) Aplicar en sus explotaciones ganaderas un sistema de gestión que prevea las funciones productivas, medioambientales y sociales de la ganadería, así como el bienestar de los animales, de acuerdo con lo que establece el anexo 2 de esta disposición.

b) Cumplir con las guías de prácticas correctas de higiene establecidas para cada sector productor ganadero en el ámbito comunitario, de acuerdo con lo que establece el Reglamento CE 853/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

En defecto de prácticas que estén especificadas en normas comunitarias, serán de aplicación las guías de prácticas correctas de higiene establecidas en Cataluña.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración tributaria y la social, así como no tener deudas de ningún tipo con la Generalidad de Cataluña.

d) Presentar un programa de gestión de la explotación que incluirá como mínimo lo que prevé el apartado 6.2 g) de estas bases reguladoras. Este programa deberá justificar su viabilidad económica.

e) Tener ganado reproductor que pertenezca a razas autóctonas y disponer de superficie territorial suficiente generadora de los recursos naturales necesarios para la producción ganadera que se destina.

f) Haber actualizado el censo de la explotación ganadera, en la oficina comarcal correspondiente, en el periodo comprendido entre el 1 de enero del año de la convocatoria correspondiente y la fecha de la presentación de la solicitud de esta ayuda.

g) Haber presentado la DUN en el periodo comprendido entre el 1 de enero del año de la convocatoria correspondiente y la fecha de la presentación de la solicitud de esta ayuda.

h) Cumplir con los requisitos establecidos en los puntos anteriores durante un periodo de cinco años.

Documentos asociados

Boletín: 31/10/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5995
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 06/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6165
Documento: Modificación Bases y Convocatoria 2012 Descargar Documento
Boletín: 13/11/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6252
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 01/08/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6430
Documento: Modificación y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 31/10/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6492
Documento: Créditos Disponibles. Descargar Documento
Boletín: 14/05/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6622
Documento: Modificación y Convocatoria 2014. Descargar Documento