Ayudas para el fomento de las inversiones para la innovación tecnológica de la industria agroalimentaria.

Código de ayuda:

S01282/04

Norma:

Orden 102/2004, de 12 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de inversiones para la innovación tecnológica de la industria agroalimentaria radicada en la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá superar el 40% del coste de la inversión total subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones, fundaciones, sociedades civiles y mercantiles, cooperativas, sociedades agrarias de transformación, empresarios individuales y comunidades de bienes en las que todos y cada uno de sus miembros se obliguen conjunta y solidariamente con la Administración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes actuaciones:
a) Actuación número 1: Inversiones en equipos de producción innovadores.
b) Actuación número 2: Inversiones en activos que reduzcan sustancialmente los efectos sobre el medio ambiente.
c) Actuación número 3: Inversiones destinadas a la obtención de productos innovadores.
d) Actuación número 4: Promoción de la calidad en la industria agroalimentaria.
e) Actuación número 5: Aplicación de nuevas tecnologías de la información en la gestión de la industria agroalimentaria.

Los siguientes gastos en las Actuaciones 1, 2 y 3:
a) Activos fijos materiales, tales como obra civil, instalaciones, maquinaria y equipos informáticos.
b) Gastos generales, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, adquisición de patentes y licencias, consultores, estudios de viabilidad y auditorías tecnológicas. Estos gastos se añadirán a las actuaciones, anteriormente reseñadas, hasta un límite del 12% de dicho gasto.

Los siguientes gastos en la Actuación 4:
a) Inversiones realizadas exclusivamente por Servicios Externos relacionadas con:
— Implantación y/o certificación de las normas UNE-ENISO-9000:2000 y UNE-EN-ISO 14.001:96.
— Implantación de sistemas de aseguramiento de calidad (APPCC).
b) Inversiones en activos destinados a garantizar la seguridad y fiabilidad dentro del proceso productivo.
c) Gastos de consultoría y estudios de viabilidad.

Los siguientes gastos en la Actuación 5:
a) Equipos informáticos y software que contribuyan a la gestión empresarial.
b) Integración en redes de negocio sobre sistemas de comunicación de banda ancha.
c) Gastos de consultoría.

Requisitos:

- Tengan dimensión de pymes, y que realizar las inversiones dentro de los municipios incluidos en zona Objetivo 2 y zona transitoria de la Comunidad de Madrid, con independencia del lugar en el que tengan la sede social.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 15
Documento: Convocatoria Descargar Documento