Ayudas para el fomento de la contratación de personal tecnólogo para la realización de actividades de I+D+i en las empresas y organismos de investigación en Galicia (programa Principia).

Código de ayuda:

S05446/20

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de abril de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 11.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas del programa Principia de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las empresas y organismos de investigación en Galicia, destinadas al fomento de la contratación durante un período mínimo de un año de personal para la realización de actividades de I+D+i alineadas con las prioridades establecidas en la RIS3 para Galicia, con el fin de favorecer su carrera profesional, así como estimular la demanda en el sector público y privado de personal suficientemente preparado para acometer proyectos de I+D+i.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Innovación (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda en concepto de incentivo que percibirán las entidades beneficiarias será de 10.000 euros por cada persona contratada. Esta cuantía se incrementará en 1.000 euros en el caso de solicitar el bono de formación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas, de cualquier tamaño, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia.

b) Los organismos de investigación públicos o privados gallegos o con centro de trabajo en Galicia, toda vez que quedan obligados a destinar la ayuda recibida a usos relacionados con actividades no económicas y relativas a actuaciones de I+d+i.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables al amparo de esta convocatoria las contrataciones de personal tecnólogo para la realización de actividades de I+D+i, que se formalicen desde el día 1 de enero de 2020 hasta el 1 de noviembre de 2020, ambas inclusive, con las siguientes características:

a) Las actividades de I+D+i que realicen los tecnólogos contratados deberán desarrollarse en centros de trabajo de la comunidad autónoma de Galicia y estar alineadas con los retos y las prioridades estratégicas establecidas en la RIS3 para Galicia (Anexo III).

b) El contrato de trabajo que se formalice podrá ser indefinido o de duración determinada mínima de 12 meses. Además, deberá respetar el grupo de cotización correspondiente a la titulación de la persona contratada, según la tabla del punto 2 de este artículo.

c) La retribución salarial anual bruta a percibir por cada tecnólogo contratado deberá figurar expresamente en el contrato y no podrá ser inferior a 19.000 euros.

d) El personal contratado deberá cumplir, en el momento de formalizar el contrato, las siguientes requisitos:

1º. Tener una edad comprendida entre los 18 y los 35 años.

2º. Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:

• Título universitario medio o superior (titulación de grado): licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado, diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico.

• Título de formación profesional de grado superior o equivalente.

En el caso de estar en posesión de un título obtenido en un país extranjero, dicha titulación deberá ser equiparable en capacitación a alguna de las anteriores.

3º. No tener experiencia laboral superior a 36 meses en el grupo de cotización a la Seguridad Social correspondiente a su titulación. Para el cómputo de esta experiencia no se tendrán en cuenta las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones correspondientes, las prácticas no laborales o las becas.

4º. No haber sido contratado en los 6 meses anteriores por la entidad solicitante, en el grupo de cotización a la Seguridad Social correspondiente a su titulación.

5º. No haber sido subvencionada su contratación a la entidad solicitante al amparo de las Resoluciones de 2 de junio de 2016, de 8 de junio de 2017 y de 24 de abril de 2018 y 17 de diciembre de 2018, por las que se convocó el programa Principia para los años 2016, 2017, 2018 y 2019.

Documentos asociados

Boletín: 07/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 26
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 26
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento