Ayudas para el fomento de la Internacionalización de la Economía Catalana.

Código de ayuda:

S04591/06

Norma:

Resolución CTC/330/2006, de 25 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/11/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es el soporte a las actuaciones de internacionalización de las entidades y empresas de Cataluña.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Comercio, Turismo y Consumo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas estará en función del proyecto o actividad por la que se solicita.
A excepción de aquellos casos en que así se haya acordado con la institución correspondiente, estas ayudas serán incompatibles con otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
En ningún caso, el importe de las subvenciones que se puedan recibir por cualquier concepto puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Estas ayudas se someterán al Reglamento 69/2001, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis (DOCE L 10 de 13.1.2001).
La cuantía de ayudas de minimis otorgadas a una empresa no podrá exceder de 100.000 euros en un periodo de 3 años con independencia de la forma de la ayuda o el objetivo de este.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Empresas con domicilio social y/o domicilio fiscal a Cataluña.
Las empresas pueden ser agrarias, industriales o de servicios cuando estos la empresa los desarrolle en el exterior y puedan ser considerados como exportación.

b) Entidades, corporaciones e instituciones de derecho público o privado la actividad de las cuales desarrolle totalmente o parcialmente en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades de promoción, formación e información requeridas para el cumplimiento de las diversas etapas del proceso de internacionalización de la empresa, ya sean ejecutadas por la propia empresa o por una entidad.

Específicamente las relativas a:
a) Actividades que tengan por objeto iniciarse en la exportación.
b) Actividades que tengan por objeto la diversificación de los mercados, destino de la exportación y el conocimiento de nuevos mercados.
c) Actividades que tengan por objeto la consolidación de la internacionalización y el fomento de la presencia estable de la empresa a los mercados exteriores.

La actividad por la que se solicita la ayuda se tendrá que iniciar antes del 31 de diciembre de 2006 y su duración no podrá ser superior a doce meses.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4577
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento