Ayudas para el fomento de actuaciones para el desarrollo del medio rural y pesquero. Y modificaciones.

Código de ayuda:

S07155/06

Norma:

Orden ARP/82/2006, de 6 de marzo. Orden ARP/410/2006, de 7 de agosto. ARP/518/2006, de 6 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de actuaciones de desarrollo del medio rural y pesquero, en especial las que se refieren a la proyección, la difusión, la promoción de productos, y las tareas de asesoramiento al sector en colaboración
con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las entidades que realicen actuaciones de difusión y/o promoción de temas agrarios, agroalimentarios y pesqueros, que realicen tareas de asesoramiento en colaboración con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Siempre y cuando no estén incluidas en alguno de los supuestos de exclusión que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para adquirir la condición de beneficiario.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las ayudas para la realización de tareas de promoción, difusión y proyección exterior de productos que consistan en:
Jornadas divulgativas, congresos y seminarios.
Campañas de difusión y/o de promoción.
b) Las ayudas para sufragar parte de los gastos para la realización de ferias de carácter eminentemente agrario, ganadero, agroalimentario y pesquero, con el fin de financiar las ferias locales, comarcales, nacionales o internacionales que promocionen productos del territorio.
c) Ayudas para sufragar parte de los gastos corrientes de las asociaciones, las fundaciones, las empresas y las entidades que realicen tareas de promoción y difusión de temas agrarios, agroalimentarios y pesqueros, y que realicen tareas de asesoramiento al sector en colaboración con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Las actuaciones objeto de la ayuda deben realizarse durante el año natural y deben justificarse antes del 31 de diciembre del año de la convocatoria.

Requisitos:

Las actuaciones objeto de la ayuda deben realizarse durante el año natural y se podrán justificar durante el primer trimestre del año siguiente al de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4590
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 16/08/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4698
Documento: 2ª Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 10/11/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4758
Documento: Modificación Bases Descargar Documento