Ayudas para el fomento de actuaciones de desarrollo del medio rural y pesquero - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S25500/10

Norma:

Orden AAR/240/2010, de 12 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomento de actuaciones de proyección, difusión y promoción del sector agrario, del alimenticio y, en general, del desarrollo del medio rural y pesquero, para entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y, con respecto a la publicación de libros, para editoriales.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Ayudas para la realización de tareas de promoción, publicaciones, difusión y proyección exterior de productos del territorio, con los importes siguientes:

Jornadas divulgativas, o seminarios y publicaciones: el importe máximo por persona beneficiaria será de 12.000,00 euros.

Campañas de difusión y/o de promoción: el importe máximo por persona beneficiaria de este tipo de ayuda será de 30.000,00 euros.

Congresos: hasta el importe máximo de 30.000,00 euros por persona beneficiaria.

b) Ayudas para sufragar parte de los gastos para la realización de ferias de carácter eminentemente agrario, ganadero, agroalimentario y pesquero, con la finalidad de financiar las ferias locales, comarcales, provinciales, nacionales o internacionales que promocionen productos del territorio.

Ferias locales: hasta un máximo de 2.000,00 euros por persona beneficiaria.

Ferias comarcales o provinciales: hasta un máximo de 6.000,00 euros por persona beneficiaria.

Ferias nacionales: hasta un máximo de 30.000,00 euros por persona beneficiaria.

Ferias internacionales: hasta un máximo de 50.000,00 euros por persona beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales, las entidades sin ánimo de lucro y, con respecto a las publicaciones, las editoriales que realicen actuaciones de proyección, difusión y promoción del medio rural y pesquero.
Excepcionalmente pueden ser beneficiarias las personas que con iniciativas de carácter privado realicen actuaciones subvencionables, en las que se evidencie que suponen un beneficio colectivo, tanto a nivel social como sectorial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La realización de actividades de promoción y difusión en el sector agrario, ganadero, pesquero y alimenticio.

b) La realización de ferias de carácter eminentemente agrario, ganadero, agroalimentario y pesquero.

c) La edición de publicaciones que supongan actuaciones de información, proyección, difusión y promoción del medio rural y pesquero.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5611
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento