Ayudas para el fomento de Programas de mejora genética para la valorización de Razas Autóctonas en Gran canaria.

Código de ayuda:

S11046/04

Norma:

Sesión de 18 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de programas de valorización de razas autóctonas en Gran Canaria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Cabildo Insular de Gran Canaria (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será un porcentaje máximo del 75% del presupuesto aprobado.
Los gastos máximos a subvencionar serán de 30.000 euros por asociación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de ganaderos de razas autóctonas de Gran Canaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de material (productos zootécnicos, papelería y otro material fungible necesario para realizar la actividad), y contratación de técnicos para la realización de los programas.

Requisitos:

a) No hallarse incursa en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración Pública.
c) No haber recibido subvenciones u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, declarar el importe de las recibidas.
d) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria.
e) No haber realizado los gastos objeto de subvención con anterioridad al 1 de octubre de 2003.
f) Comprometerse a llevar los residuos contaminantes a los puntos de recogida autorizados por la Administración.
g) Comunicar al Servicio Técnico de Extensión Agraria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las subvenciones concedidas, se practiquen por los órganos competentes.
i) Autorizar al Cabildo de Gran Canaria para realizar el tratamiento informático de los datos contenidos en la solicitud, con arreglo a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y demás disposiciones que la desarrollan.
j) Autorizar al Cabildo de Gran Canaria para divulgar las actuaciones subvencionadas.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2004
BO Provincia de Las Palmas- Nº 47
Documento: Convocatoria Descargar Documento