Ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.

Código de ayuda:

S01282/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de febrero de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 80.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, destinadas a asociaciones de criadoras y criadores de ganado que hayan sido reconocidas para aplicar un programa de cría aprobado por la autoridad competente y otras asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente colaboradoras en la realización de las actividades recogidas en el programa de difusión de dichas razas, dentro de las actuaciones incluidas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria de España 2023-2027, Intervención “6505.2, Actividades de conservación de recursos genéticos No SIGC”, cofinanciadas a través el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75%.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas para las actuaciones orientadas a la conservación, caracterización, recopilación y utilización de recursos genéticos en la ganadería será la siguiente:
— 100% gastos subvencionables en las actuaciones de gestión de los libros genealógicos.
— 70% gastos subvencionables en las actuaciones de implantación y desarrollo del programa de mejora (conservación y/o selección) oficialmente reconocido para la raza.
— 100% gastos subvencionables relativos a actuaciones de los programas de difusión de la mejora.

Siendo los valores máximos de subvención por asociación:
— Para los gastos comprendidos dentro de la gestión de libros genealógicos será de 80.000,00 euros.
— Para los gastos comprendidos dentro de las actuaciones de selección/conservación contempladas en el programa de cría será de 50.000,00 euros.
— Para los gastos comprendidos dentro de las actuaciones de los programas de difusión de la mejora será de 30.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Asociaciones de criadores y criadoras de razas ganaderas autóctonas españolas que carezcan de ánimo de lucro y que hayan sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 45/2019.

Requisitos:

Podrán solicitar las ayudas, las asociaciones de criadores y criadoras de razas ganaderas autóctonas españolas que carezcan de ánimo de lucro y que hayan sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 11
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 19/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 11
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento