Ayudas para el ejercicio 2020, a deportistas individuales empadronados en Getafe, para la mejora y perfeccionamiento de estos, que destaquen por los resultados obtenidos en el año 2019.

Código de ayuda:

S21373/20

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de junio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria conceder ayudas para el ejercicio 2020, a deportistas individuales empadronados en Getafe, para la mejora y perfeccionamiento de estos, que destaquen por los resultados obtenidos en el año 2019, en su participación en competiciones oficiales de las distintas modalidades deportivas reconocidas como deportes individuales, que soliciten participar en la referida convocatoria.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Getafe (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta convocatoria los deportistas que reúnan los requisitos.

Requisitos:

1. Estar inscritos en el padrón municipal del Ayuntamiento de Getafe, al menos, desde el 1 de enero de 2019.

2. Disponer de licencia en vigor por alguna federación deportiva, al menos, desde el 1 de enero de 2019, en el deporte para el que solicita la ayuda.

3. No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.

4. Tener más de ocho años y realizar un deporte de competición en modalidad individual de cualquier especialidad deportiva que sea olímpica o no siéndolo esté reconocida por el Comité Olímpico Español.

5. Mantener todos los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de concesión de la ayuda.

6. Formular solicitud en el plazo determinado, aportando la documentación exigida en la convocatoria.

7. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del plazo de presentación de instancias.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 129
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 29/05/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 129
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento