Ayudas para el desarrollo de trabajos de campo de prospección y excavación arqueológicas y paleontológicas internacionales (EXCAVA).

Código de ayuda:

S06855/06

Norma:

Resolución UNI/513/2006, de 17 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para el desarrollo de trabajos de campo de prospección y/o excavación arqueológica o paleontológica de relevancia científica e impacto internacional.

Las actividades susceptibles de recibir ayudas de acuerdo con esta convocatoria se deben desarrollar y finalizar como máximo 3 años después de la aceptación de la ayuda.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda es de 90.000 euros anuales para cada uno de los tres años del proyecto.
Por consiguiente, el importe global no podrá exceder los 270.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios o beneficiarias aquellos grupos de investigación de Cataluña que desarrollen la actividad y que estén adscritos a las universidades o centros que lleven a cabo actividades de investigación, públicos o privados, y que desarrollen trabajo de campo de prospección y/o excavación arqueológica o paleontológica de relevancia e impacto internacional.

Los grupos de investigación, en su caso, podrán tener personal investigador asociado o colaborador externo de otras instituciones.
Podrán solicitar asimismo una misma ayuda grupos de investigación en colaboración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se destinarán exclusivamente a sufragar total o parcialmente los gastos siguientes:
a) Personal investigador y de ayuda a la investigación.
b) Viajes y alojamiento.
c) Alquiler de vehículos.
d) Material fungible.
e) Material inventariable.
f) Otros gastos derivados de la propia actividad objeto de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 09/03/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4589
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento