Ayudas para el desarrollo de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad.
Código de ayuda:
S18028/26Norma:
Orden 2331/2026, de 11 de junio. ORDEN 1915/2022, de 1 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 17 de julio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas se destinarán a fomentar el crecimiento de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad en la Comunidad de Madrid. El contenido de los proyectos empresariales y de las actividades objeto de estas ayudas y de sus resultados deberá ser de aplicación en alguna de las líneas científico-tecnológicas y deinnovación tecnológica, consideradas prioritarias para el desarrollo regional por la estrategia regional de investigación e innovación para una especialización inteligente (S3). Los proyectos se desarrollarán en cualquier municipio del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Comunidad de MadridConvoca:
Consejería de Educación, Ciencia, y Universidades. (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Investigación industrial: 70% para pequeñas empresas; 60% para medianas empresas- Desarrollo experimental: 45% para pequeñas empresas; 35% para medianas empresas
- Estudios de viabilidad: 50% para pequeñas empresas, 50% para medianas empresas
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas de la Línea 3, las pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad. En el momento de presentación de la solicitud, deberán tener la categoría de pequeñas o medianas empresas.Las entidades beneficiarias deberán ser persona jurídica constituida válidamente como
empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente y deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se conceda y que dispongan al menos de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, convinculación con la entidad mediante contratación laboral en la medida en que estén
dedicados al proyecto.
2. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen
para el proyecto. En los proyectos de la Línea 3, si el instrumental y el material no se
utilizan exclusivamente para el proyecto, sólo se considerarán subvencionables los
costes de amortización que correspondan al uso concreto asignado al proyecto de
investigación, calculados sobre la base de las buenas prácticas contables. En el caso
de material inventariable, el gasto subvencionable no podrá exceder en ningún caso del
coste de amortización del mismo correspondiente al período de duración del proyecto
subvencionable.
3. Costes de investigación contractual de investigación y desarrollo, conocimientos
técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por acuerdos de licencias de fuentes
externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en
condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría para la adquisición, protección y comercio de derechos de
propiedad industrial y/o intelectual.
4. Gastos de asesoramiento y apoyo a la innovación y al desarrollo de negocio, tales
como: consultoría de gestión, asistencia tecnológica y de apoyo a la innovación,
consultoría de desarrollo empresarial y de mercado (investigación y test de mercado).
5. Otros servicios externos: asistencia técnica, consultoría o equivalente en materia
jurídica, económica y financiera, gestión empresarial, marketing, difusión y
comercialización.
6. Informes, certificaciones y auditorías realizadas por auditores o expertos en la medida
que sean requeridos por las bases reguladoras o esta convocatoria de ayudas.
7. Otros gastos de funcionamiento, directamente derivados del proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
12/07/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 164
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 164
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
26/07/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 150
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 150
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
26/07/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 150
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 150
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
