Ayudas para el desarrollo de proyectos de investigacion, desarrollo e innovacion.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S21982/11

Norma:

ORDEN de 12 de abril de 2011. Decreto 77/2011, de 22 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14 horas del día 28 de mayo de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2011 las subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación, de acuerdo con las bases reguladoras de esta línea de ayudas establecidas en el Decreto 77/2011.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención por beneficiario será del 75% del coste del proyecto, cuya cuantía mínima será de 25.000 euros y con una financiación máxima de 180.000 euros para cada proyecto.

- Dado su carácter «de mínimis», las líneas de ayuda que contempla la presente Orden estarán sujetas al límite del importe total de 200.000 euros (100.000 euros en el caso del sector de transporte) durante un periodo de tres ejercicios fiscales contados desde la concesión de la primera ayuda de esta índole de acuerdo con el Reglamento CE nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas con domicilio social o centros productivos en Aragón que vayan a desarrollar un proyecto de I+D+i con investigadores pertenecientes a grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón en la resolución de la última convocatoria realizada con tal finalidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Lps proyectos de investigación, desarrollo e innovación desarrollados en colaboración entre empresas con domicilio social o centros productivos en Aragón e investigadores pertenecientes a grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.

Requisitos:

- Estas empresas deberán estar constituidas y haber iniciado su actividad con anterioridad a la convocatoria.

- No podrán obtener la condición de beneficiario aquéllos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en el punto 1 como beneficiarios.

- No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de lo que en cada momento disponga la legislación vigente en esta materia.

Documentos asociados

Boletín: 25/03/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 61
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/04/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 76
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 06/05/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 88
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento