Ayudas para el desarrollo de modulos obligatorios de Programas de Cualificacion Profesional Inicial en la modalidad de talleres especificos para su desarrollo en los cursos 2010/2011 y 2011/2012, en la Comunidad Autonoma de Extremadura. Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S50373/10

Norma:

ORDEN de 23 de agosto de 2010. DECRETO 129/2008, de 20 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas en la modalidad de talleres específicos durante los cursos 2010/2011 y 2011/2012, establecidos por la Orden de 18 de junio de 2008, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los Programas de Cualificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima para esta modalidad será de 60.000,00 euros por Programa para los dos cursos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Mancomunidades Integrales de Municipios, así como las Asociaciones Profesionales, las Organizaciones No Gubernamentales y otras Entidades Empresariales y Sindicales sin ánimo de lucro entre cuyos fines figuren la educación o la formación, que dispongan de personalidad jurídica, no impartan Formación Profesional del Sistema Educativo y que estén legalmente constituidas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda irá destinada a cubrir los gastos de la entidad beneficiaria relativos al desarrollo del Programa concedido y serán los siguientes:

a) Costes de personal del equipo educativo del programa.

b) Gastos de funcionamiento:

— Amortización y alquiler del equipamiento necesario para desarrollar la cualificación correspondiente. Dicho equipamiento deberá basarse en las normas establecidas en las resoluciones de currículos de los módulos específicos de los diferentes Programas de Cualificación Profesional Inicial.

— Material fungible necesario para el adecuado desarrollo de los módulos específicos y
los de carácter general.

— Suministros: energía eléctrica, agua y combustible para calefacción.

— Comunicaciones: teléfono, correos, líneas ADSL.

— Gastos de limpieza: máximo 2.025 euros para talleres específicos para cada curso académico.

— Gastos de gestión del programa: máximo de 2.250 euros para talleres específicos para cada curso
académico.

c) Gastos para material que ocasione su participación en el Programa (vestuario, medidas de prevención de riesgos: guantes, gafas, calzado...).

d) Gastos de transporte, manutención o alojamiento: de acuerdo con las siguientes cuantías máximas y tramos:

— Transporte: incluye kilómetros de ida y vuelta desde el domicilio del alumnado hasta la población donde se desarrolla el Programa, para cada uno de los alumnos y para todo el programa:

• Hasta 10 km: 112 euros.
• De 11 a 30 km: 225 euros.
• De 31 a 50 km: 450 euros.
• Más de 50 km: 525 euros.

— Gastos de alojamiento: hasta 1.500 euros.

— Gastos de manutención: hasta 750 euros.
Los gastos para alojamiento serán incompatibles con los de manutención y transporte.
Para la modalidad de talleres específicos las cantidades irán referidas a cada curso
académico.

e) Gastos del profesorado y alumnado para el desplazamiento y manutención, en el caso de que las prácticas o Formación en Centros de Trabajo se realice en una localidad distinta de la que se desarrolla el Programa. En todo caso la entidad deberá procurar que esta fase práctica se realice lo más cerca posible del lugar donde se imparte la formación.

f) Seguro de accidentes y responsabilidad civil del alumnado: la cobertura de este seguro incluirá, en su caso, las prácticas o Formación en Centros de Trabajo.

Requisitos:

a) No haber superado con anterioridad otros Programas de Cualificación Profesional Inicial.

b) Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

— Estar en grave riesgo de abandono escolar, sin titulación académica alguna, o con un historial de absentismo escolar debidamente documentado.

— Estar desescolarizado, con fuerte rechazo a la institución escolar o que, por encontrarse en situación de desventaja sociocultural o educativa, haber abandonado la educación. En este supuesto, la entidad responsable del Programa recogerá toda la información relevante del último centro educativo de procedencia, de los servicios sociales y, en su caso, de atención o tutela del menor con objeto de obtener la
información necesaria para orientarle a la opción más adecuada a sus intereses.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/08/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 163
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento