Ayudas para el desarrollo de los Talleres de Formacón para la Contratación.

Código de ayuda:

S24200/10

Norma:

ORDEN 11/2010, de 8 de abril.

Plazo de Solicitud:

Según convocatoria correspondiente.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión durante el ejercicio 2010 de las ayudas para la realización de Talleres de Formación para la Contratación, dirigidos a aquel alumnado que desea una rápida inserción laboral, proporcionándole los correspondientes conocimientos de acuerdo con los contenidos de las especialidades de formación profesional para el empleo, e incorporando la realización de un trabajo productivo en relación al ámbito profesional del mismo, mediante contrato de trabajo de acuerdo con la normativa laboral vigente, a realizar por el alumnado en el último periodo del programa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención a conceder por transferencias corrientes o transferencias de capital se establecerá tomando como referencia un módulo económico de 4’50 por hora y alumno.

Inversiones asociadas directamente con la acción formativa:

– un máximo de 10.520 euros por proyecto nuevo.

– un máximo de 4.500 euros por proyecto de continuidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente orden:

– las entidades locales

– organizaciones sin fin de lucro

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas contempladas en la presente disposición tendrán la naturaleza jurídica de subvenciones públicas e irán destinadas a la financiación total o parcial de los Talleres de Formación para la Contratación
que se realicen al amparo de la misma. Se podrán asimismo subvencionar los costes salariales de los alumnos correspondientes al período de contratación, sin que la concesión de estas ayudas suponga en ningún caso la generación de ningún tipo de relación laboral con la Generalitat.

Requisitos:

– Acreditar capacidad suficiente en medios materiales, humanos y organizativos para cumplir con los objetivos establecidos en el programa.

– Las entidades sin ánimo de lucro deberán acreditar documentalmente estar inscritas en los registros correspondientes.

– No estar incursos en las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

– Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social de acuerdo con lo previsto en dicho artículo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, solo en el caso de entidades sin ánimo de lucro.

– Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, la exención de dicha obligación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 279/2004, de 17 de diciembre del Consell de la Generalitat (DOCV nº 4.907, de 21.12.2004).

Los programas deberán ser organizados e impartidos por el propio solicitante, no admitiéndose la subcontratación.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6246
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento