Ayudas para el desarrollo de acciones de formacion profesional para el empleo de caracter semipresencial - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S28991/10

Norma:

ORDEN 15/2010, de 26 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo de acciones formativas de carácter semipresencial que favorezcan la cualificación profesional de los trabajadores prioritariamente desempleados, sin perjuicio de la participación en estas acciones de trabajadores ocupados, hasta un porcentaje máximo del 30% en cada acción.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención total para la realización de la acción formativa se establecerá multiplicando el número de horas, por el número de alumnos y por el módulo económico correspondiente que se indicará en la página web del SERVEF.

La ayuda por asistencia a los alumnos contemplada en el artículo 39.3, se establece con carácter general en 1’50 € por alumno y hora, no pudiendo exceder al número de horas aprobadas por resolución para cada curso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros colaboradores homologados en las especialidades correspondientes con anterioridad a la presentación de solicitudes.

Requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social en los términos establecidos por la Orden de la Conselleria de Economía y Hacienda de 30 de mayo de 1996.

b) Acreditar capacidad suficiente de medios materiales, informáticos, humanos y organizativos para cumplir con los objetivos establecidos en el programa.

c) Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, la exención de dicha obligación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6258
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento