Ayudas para el desarrollo de acciones de Formación Ocupacional y Continua en Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S01200/04Norma:
Orden de 09-01-2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación del conjunto de acciones de formación profesional ocupacional dirigidas a los trabajadores desempleados inscritos en una oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, para proporcionarles cualificaciones requeridas por el sistema productivo y facilitarles su inserción laboral, cuando los mismos carezcan de formación profesional especifica o su cualificación resulte insuficiente.Categorías Subvención
- Formación
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Industria y Trabajo (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Las ayudas para las acciones de Formación Profesional Ocupacional podrán ascender al 100% de los gastos elegibles.- Para las acciones de formación profesional continua en la que el titular de la subvención sea la propia empresa o una, en representación de una agrupación, la subvención cubrirá como máximo el 85% de los gastos elegibles de la acción formativa, en el caso que la acción formativa la realicen los trabajadores dentro de su horario de trabajo se podrá subvencionar hasta el 95%.
- En las acciones de formación continua, impartida por centros de formación, se podrá financiar dentro de los módulos económicos establecidos hasta el 100% de los gastos elegibles.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Los centros colaboradores, para impartir aquellas especialidades formativas que previamente tengan homologadas.b) Las organizaciones empresariales o sindicales, y las organizaciones representativas de economía social, siempre que las acciones se desarrollen a través de sus propios centros colaboradores previamente homologados.
c) Las entidades públicas o privadas o las empresas para acciones con compromiso de contratación, siempre que las acciones se desarrollen a través de sus propios centros autorizados.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Acciones formativas con un carácter eminentemente práctico y dirigidas a las necesidades del mercado laboral y del tejido productivo:1. Acciones de Formación Profesional Ocupacional con compromiso de inserción laboral. El objeto de este programa es proporcionar la formación necesaria para una incorporación inmediata de los alumnos participantes a un puesto de trabajo.
2. Acciones de Formación Profesional Ocupacional dirigida a colectivos con particulares dificultades de inserción.
3. Acciones formativas, incluyendo aquellas que prevean prácticas profesionales.
4. Acciones formativas avaladas por necesidades documentadas de sectores productivos o por estudios elaborados por Observatorios del Mercado de Trabajo.
Requisitos:
Las entidades que deseen colaborar deberán estar homologados como centros colaboradores:a) Un aula con una superficie mínima de dos metros cuadrados por alumno, con un mínimo de 30 metros cuadrados.
b) Un taller para realización de las prácticas profesionales, con una superficie adecuada a las exigencias técnicas de cada especialidad, de forma que todos los alumnos de un mismo curso puedan realizar las prácticas de forma simultánea.
c) Espacios comunes adecuados para alumnos y profesores.
d) Personal docente experto en la especialidad formativa en cuestión. Con carácter general reunirán los requisitos establecidos en los certificados de profesionalidad o programas normalizados.
e) Además, los apartados a), b) y c) anteriores, se ajustarán, en aras de favorecer el acceso a las personas discapacitadas, a lo contemplado en la Ley 111994, de 24 de mayo de Accesibilidad y Eliminación de barreras en Castilla-La Mancha, y en concreto en lo que se refiere a la accesibilidad en la Edificación y la Eliminación de barreras.
Documentos asociados
Boletín:
16/01/2004
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 7
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 7
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