Ayudas para el control oficial lechero en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2011.

Código de ayuda:

S15491/06

Norma:

ORDEN de 5 de mayo de 2006. ORDEN de 10 de julio de 2008. RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2011 las ayudas destinadas al control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina, para las lactaciones finalizadas y válidas en las explotaciones de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Real Decreto 368/2005 de 8 de abril - Modificación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención no podrá superar la cantidad de 10 euros por cada lactación finalizada y válida de vacas, y de 5 euros por cada lactación finalizada y válida de ovejas y cabras.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de productores de leche, con sede en la Comunidad Valenciana, con asociados titulares de explotaciones que cumplan con la definición de pyme, según se define en el Anexo I del Reglamento (CE) nº 70/2001, cuyos animales vayan a estar sometidos al control oficial de rendimiento lechero.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las actividades del control lechero oficial realizadas en explotaciones lecheras ubicadas en la Comunidad Valenciana correspondientes a lactaciones finalizadas y válidas.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables de la actividad auxiliada los siguientes:

1. La realización del control lechero, con resultado de lactaciones finalizadas y válidas, de todas las vacas de la explotación que se encuentren en producción, inscritas en el correspondiente Libro Genealógico, hijas de sementales en proceso de valoración, cuyo rendimiento lechero haya sido establecido a través de cualquiera de los métodos reconocidos como válidos por el ICAR y que se pormenorizan en el Anexo II del RD 368/2005, de 8 de abril.

2. La realización del control lechero, con resultado de lactaciones finalizadas y válidas, de las ovejas y cabras, inscritas en el correspondiente Libro Genealógico, hijas de sementales en proceso de valoración, cuyo rendimiento lechero haya sido establecido a través de cualquiera de los métodos reconocidos como válidos por el ICAR y que se pormenorizan, respectivamente, en los Anexos III y IV del RD 368/2005, de 8 de abril.

3. Las lactaciones finalizadas y válidas deberán estarán comprendidas entre el periodo del 1 de noviembre del año anterior a la solicitud y el 30 de octubre del año en curso.

Documentos asociados

Boletín: 23/05/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5264
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/07/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5815
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 25/03/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6488
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento