Ayudas para el bienestar animal prevista en la submedida 14.1 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.- Prórroga para el año 2021.

Código de ayuda:

S18500/20

Norma:

Orden 7/2018, de 29 de enero. Orden 172/2018, de 26 de noviembre. Orden 17/2020, de 3 de febrero. Resolución de 13/05/2020. Orden 73/2020, de 18 de mayo. Resolución de 14/05/2020. Orden 38/2021, de 26 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2021 las solicitudes iniciales para la incorporación a la submedida de Pago para bienestar específico del ovino y caprino extensivo y semiextensivo y las anuales de pago derivadas de estas, recogidas en la Orden 7/2018, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, se desarrollan las bases reguladoras para la concesión de ayudas al bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas previstas en esta submedida consistirán en un pago por Unidad de Ganado Mayor (en adelante UGM) para compensar una parte de los costes adicionales y/o pérdidas de ingresos en los que se haya incurrido al realizar acciones tendentes al cumplimiento de los compromisos voluntarios que se adopten para mejorar el bienestar específico de las especies de ovino y caprino en régimen extensivo y semiextensivo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones ganaderas extensivas y semiextensivas de ovino y/o caprino radicadas en el territorio de Castilla-La Mancha que reúnan los requisitos para ser considerados como agricultores activos, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 1307/2013, y que se comprometan voluntariamente a realizar acciones tendentes al cumplimiento de los compromisos fijados en favor del bienestar de los animales.

Documentos asociados

Boletín: 31/01/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 22
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/12/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 235
Documento: 1ª Modificación de las Bases Descargar Documento
Boletín: 10/02/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 27
Documento: 2ª Modificación de las Bases Descargar Documento
Boletín: 15/05/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 96
Documento: Convocatoria 2020 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 20/05/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 99
Documento: 3ª Modificación bases Descargar Documento
Boletín: 20/05/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 99
Documento: Modificación Bases: submedida 2.1 Descargar Documento
Boletín: 21/05/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 100
Documento: Exclusiones en caso de incumplimiento Descargar Documento
Boletín: 05/04/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 63
Documento: Prórroga para 2021 Descargar Documento