Ayudas para el asesoramiento en gestión integrada de plagas por las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S36855/18

Norma:

Orden 107/2018, de 29 de junio. Resolución de 21/08/2018. Resolución de 21/08/2019. Resolución de 09/07/2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de agosto de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas en especie a los titulares de pequeñas y medianas empresas en el sector de la producción primaria agrícola (en adelante agricultores), cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, en el marco de lo dispuesto en la Orden 107/2018, de 29 de junio, por la que se establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el asesoramiento en gestión integrada de plagas por las agrupaciones de sanidad vegetal, de las actuaciones realizadas en 2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite máximo subvencionable por ASV será el obtenido de multiplicar el número de socios por el importe de ayuda destinado al asesoramiento de cada agricultor, hasta un máximo de 10.000 euros por ASV.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios finales de las ayudas en especie previstas en la presente Orden los agricultores titulares de pequeñas y medianas empresas agrícolas según se definen en el artículo 2 del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, que soliciten el asesoramiento en materia de gestión integrada de plagas a una Agrupación Sanidad Vegetal reconocida (en adelante ASV). No obstante, las ASV que presten el asesoramiento técnico tendrán la consideración de beneficiario directo de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las siguientes actividades de asesoramiento, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año natural anterior a la convocatoria de cada año:

a) Elaboración de planes colectivos e individuales de gestión integrada de plagas originales, que contengan como mínimo, un estudio y planificación de los medios de defensa fitosanitarios más aconsejables, siempre teniendo en cuenta los principios generales de la gestión integrada de plagas que establece el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre.

b) Rectificación de los planes en función de la evolución de las plagas y las modificaciones en los medios de lucha fitosanitarios a emplear.

c) El seguimiento de plagas y enfermedades, de los cultivos dentro su ámbito actuación.

d) El envío de información de forma periódica, sobre las plagas y enfermedades, a la Estación de Avisos Fitosanitarios.

e) Resolución de consultas técnicas en materia de gestión integrada de plagas.

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2018
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