Ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S39855/17

Norma:

ORDEN de 17 de julio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de agosto de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las subvenciones para la realización de acciones de cooperación para la implantación de proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en los sectores agroalimentario, agrícola y forestal, y convocar estas ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva para el año 2017.

En ningún caso se financiarán proyectos de investigación básica o fundamental ni investigaciones independientes.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda a los proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías será del 80 % de los gastos subvencionables, estableciéndose un importe máximo por solicitud de 100.000 euros y un importe mínimo por solicitud de 12.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1. Podrán acceder a la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente orden:

a) Organizaciones o entidades relacionadas con la producción primaria en agricultura y/o silvicultura.

b) Empresas o industrias transformadoras del sector agrario, alimentario y forestal o del área de energías renovables de origen agrícola y forestal.

2. En la realización de la actividad subvencionada podrán participar, además de los beneficiarios regulados en el apartado 1, los agentes cooperantes, pudiendo adquirir tal condición las siguientes entidades:

a) Productores del sector agroforestal y sus asociaciones y otras organizaciones o entidades relacionadas con la producción primaria.

b) Centros de investigación y experimentación de la Consellería del Medio Rural y centros tecnológicos participados por ella, así como otros centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma.

c) Entidades sin ánimo de lucro que promuevan la investigación, la innovación y el desarrollo del medio rural, así como las que desarrollen actividades de promoción, asesoramiento, dinamización o financiación de proyectos en los ámbitos agrario o forestal.

d) Entidades asesoras en la conservación o uso sostenibles de los recursos naturales.

e) Otras entidades con intereses reconocidos en el ámbito rural.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 144
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 31/07/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 144
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento