Ayudas para el apoyo al transporte publico por carretera en desarrollo de la Estrategia Logistica de la Generalitat, y se aprueban las bases para la regulacion de las citadas ayudas, acogidas al regimen de minimis.

Código de ayuda:

S31600/09

Norma:

ORDEN de 3 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas tienen por objeto apoyar la modernización del sector del transporte público por carretera en la Comunitat Valenciana a través de las siguientes líneas de actuación:

a) Incorporación de sistemas de calidad o medioambientales, certificados de conformidad con las normas ISO, UNE 9001, 14001 ó 13816 o EMAS, así como en el caso de transportistas autónomos, la disposición del Manual del conductor de la Guía para la implantación de la ISO 9001/2000 en PYMES de transporte de mercancías por carretera, o formación del personal en el campo de las nuevas tecnologías.

b) Introducción de nuevas tecnologías en el sistema de gestión de la empresa.

c) Implantación de sistemas de control y gestión de flotas.

d) Aplicación de sistemas de prevención de riesgos laborales.

e) Formación general de transportistas.

f) Reorientación hacia la logística a través de la integración, en la estructura empresarial, de actividades vinculadas a la logística portuaria.

Las ayudas destinadas a fomentar las actividades señaladas se acogen al régimen de minimis contemplado en el Reglamento CE 1998/2006 de 15 de diciembre de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis. La concesión de estas ayudas se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Prevención Riesgos Laborales
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Infraestructuras y Transportes (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para los operadores de transporte la cuantía máxima de la subvención a percibir por el desarrollo de las líneas de actuación a) b) c) d) y e) de la base primera será la resultante de aplicar el valor unitario que fije la convocatoria para cada tarjeta o copia certificada de autorización de empresa de transporte MDL, MDP, VD o VT al número total de autorizaciones de cada clase de que disponga la empresa. En el caso de la línea de actuación f) de dicha base primera la cuantía de la subvención será de cinco mil euros (5.000 €) por cada cuatro (4) autorizaciones de transporte ya existentes que hayan sido transmitidas a la empresa.

El importe de la ayuda a conceder para los operadores de transporte no podrá ser superior al importe justificado del coste incurrido por la empresa en la implantación de las medidas.

En el caso de asociaciones de empresas transportistas de mercancías la cuantía máxima de la subvención a percibir podrá alcanzar transportistas.

En todo caso, el importe de las ayudas no podrá hacer que las ayudas totales de minimis que reciba la empresa o asociación durante un periodo de tres ejercicios fiscales sea superior a cien mil euros (100.000 €).

Del mismo modo las ayudas concedidas no podrán acumularse con ninguna ayuda pública correspondiente a los mismos gastos subvencionables si dicha acumulación da lugar a una intensidad de ayuda superior al coste justificado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Se distinguen dos tipos de beneficiarios:

a) Podrán optar a las ayudas las personas físicas o jurídicas cuyo domicilio fiscal esté radicado en la Comunitat Valenciana, que dispongan de autorizaciones de transporte público en vigor de las clases MDL, MDP, VD o VT otorgadas por la Conselleria de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat. Las tarjetas y autorizaciones a que se refiere este artículo no podrán en ningún caso encontrarse en situación de suspensión.

b) Igualmente podrán optar a las ayudas las asociaciones o federaciones de transporte de la Comunitat Valenciana, con una representatividad superior al 25% de las autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera de su ámbito territorial, por las actividades de formación (apartado e) de la base primera.

Dichas condiciones se deberán, como mínimo, cumplir desde el plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha de la resolución concediendo en su caso la subvención.

En ningún caso podrá ser beneficiario de la subvención la persona física o jurídica, o la entidad que incurra en alguno de los supuestos señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Incorporación de sistemas de calidad o medioambientales, certificados de conformidad con las normas ISO, UNE 9001, 14001 ó 13816 o EMAS, así como en el caso de transportistas autónomos, la disposición del Manual del conductor de la Guía para la implantación de la ISO 9001/2000 en PYMES de transporte de mercancías por carretera, o formación del personal en el campo de las nuevas tecnologías.

b) Introducción de nuevas tecnologías en el sistema de gestión de la empresa.

c) Implantación de sistemas de control y gestión de flotas.

d) Aplicación de sistemas de prevención de riesgos laborales.

e) Formación general de transportistas.

f) Reorientación hacia la logística a través de la integración, en la estructura empresarial, de actividades vinculadas a la logística portuaria.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5998
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento