Ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios.

Código de ayuda:

S33791/20

Norma:

ORDEN EIE/815/2016, de 25 de julio. ORDEN ICD/566/2020, de 23 de junio. ORDEN ICD/833/2020, de 31 de agosto. ORDEN ICD/417/2021, de 21 de abril. ORDEN ICD/750/2021, de 21 de junio. Orden ICD/633/2022, de 11 de mayo. Orden ICD/501/2023, de 14 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de mayo de 2023.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta Orden convocar las ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios, correspondiente al Programa de apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés y al Programa de apoyo especial al comercio de zonas rurales.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 5.000 euros, por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados del coste del consumo energético y de comunicación generados directamente por la actividad de los Multiservicios Rurales y de los establecimientos comerciales que estén en localidades de menos de 500 habitantes y, que estén en funcionamiento en la fecha de publicación de esta Orden.

Los gastos de reparación y mantenimiento de los elementos destinados a la actividad comercial.

Gastos de mantenimiento de programas informáticos, software, herramientas informáticas para la gestión del negocio y el marketing online.

La actuación subvencionable deberá de haberse ejecutado entre el 21 de junio de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud, circunstancia que se constatará con la fecha de la emisión de la factura.

Para la concesión de la ayuda deberá justifcarse en el momento de la solicitud tanto la
ejecución de la actividad como la realización del pago.

Requisitos:

a) Estén gestionando algún establecimiento de la red de Multiservicios Rurales de Aragón, con oferta comercial y que efectivamente hayan asumido el coste de los indicados consumos, bien porque es el titular del suministro o bien porque lo haya abonado al propietario del local donde se desarrolla la actividad, debiendo también cumplir los requisitos exigidos en esta convocatoria y sus proyectos sean seleccionados conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado cuarto.

b) Estén gestionando algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 500 habitantes.

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